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INVERSIÓN

Ley de inversión mixta abre puerta a discrecionalidad y falta de certeza: IMCO

La Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar no ofrece protección jurídica ante actos de autoridad, ni establece cómo se deducen los costos operativos antes de distribuir beneficios, consideró el Instituto Mexicano para la Competitividad

Ley de inversión mixta abre puerta a discrecionalidad y falta de certeza: IMCO

La Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar que aprobó ayer la Cámara de Diputados deja margen para la discrecionalidad en la determinación de qué proyectos son estratégicos, no ofrece protección jurídica ante actos de autoridad, ni establece cómo se deducen los costos operativos antes de distribuir beneficios, establece el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO).

"Las asignaciones mixtas de Pemex ilustran el problema: las condiciones de recuperación han sido un freno para la inversión privada en exploración y producción", detalló el instituto a cargo de Valeria Moy.

Agregó que la autorización de proyectos fuera de procesos de licitación tradicionales, agrava el riesgo de asignación discrecional. Además de que las protecciones al socio minoritario en decisiones sobre endeudamiento, desinversión y distribución de utilidades deben quedar claras antes de que el Consejo apruebe los proyectos.

Contexto: el pasado 19 de marzo de 2026, la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo presentó a la Cámara de Diputados la iniciativa de Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar, con el propósito de acelerar la implementación del Plan de Inversión en Infraestructura 2026–2030, en donde se contemplan 722 mil millones de pesos (mdp) adicionales en nuevos proyectos en 2026 mediante esquemas de coinversión público-privada. 

¿Y después de 2030?

En el reporte "Nueva iniciativa de Ley de inversiones mixtas ¿catalizadora de infraestructura?, el IMCO puntualizó que no existe certidumbre presupuestal más allá de 2030. 

"Aunque el objetivo del Plan es que el Estado haga sus aportaciones a las Inversiones Mixtas principalmente en forma de terrenos, bienes inmuebles, derechos de uso, infraestructura existente, concesiones, permisos o autorizaciones, en los casos donde se requieran partidas del Presupuesto de Egresos de la Federación, no se garantizan los recursos para el desarrollo y construcción de los proyectos más allá de 5 años", destacó.

Añadió que esa situación es especialmente relevante en proyectos de infraestructura de gran escala, desde autopistas hasta extracción de hidrocarburos, cuya ejecución suele extenderse por varios años y está sujeta a retrasos durante su desarrollo.

La reforma propuesta al artículo 16 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece que en el presupuesto de cada año se deberán establecer compromisos plurianuales para el ejercicio en cuestión y los 5 años siguientes.

Sin expertos técnicos independientes

El IMCO puntualizó que la iniciativa no contempla integrar expertos técnicos independientes al Consejo de Planeación Estratégica para la Inversión en Infraestructura para contar con una pluralidad de visiones.

Por lo que hacerlo promovería la certidumbre y la transparencia en el desarrollo de proyectos desde el inicio. 

"Un Consejo sin reguladores independientes, ni criterios técnicos objetivos, contratos que no garantizan flujos más allá del ciclo presupuestal y esquemas de recuperación de costos sin definir, no resuelven el problema de certidumbre que la inversión privada de largo plazo requiere: lo desplazan hacia la discrecionalidad de un órgano cuyas determinaciones no admiten recurso alguno", enfatizó.

El órgano que determina qué proyectos son estratégicos, bajo qué condiciones se estructuran y quiénes acceden a los instrumentos de fomento, estará encabezado por el Consejo, el cual es presidido por el Ejecutivo Federal y conformado por integrantes del Poder Ejecutivo —SHCP, SEMARNAT, SEDENA, SEMAR, SENER, Secretaría de Economía, SEDATU y BANOBRAS, entre otros. 

IP debería tener proyectos propios

De acuerdo con el IMCO, si el objetivo en el país es atraer inversión privada, "sería más viable si las empresas además pudieran desarrollar proyectos por cuenta propia".

El organismos planteó que el sector privado necesita su propio espacio, más allá de las convocatorias que determine el Consejo. 

"Un modelo menos centralizado no implicaría un menor nivel de ambición: implica crear condiciones para que la inversión fluya con mayor escala, velocidad y diversidad de proyectos", detalló el IMCO.

Inversión mixta

En la Inversión Mixta, el sector público permanece como socio activo: ambas partes participan conjuntamente en el desarrollo y operación del proyecto, compartiendo riesgos, costos y beneficios en proporción a su participación. 

La aportación pública puede adoptar distintas formas: capital líquido, bienes inmuebles, derechos de uso, aprovechamiento o explotación, concesiones, permisos o autorizaciones, entre otras; mientras el inversionista privado no opera de forma autónoma, sino que entra como socio del Estado (en el sector eléctrico, como socio minoritario). 

"La incertidumbre central está en los flujos de ingreso. Sin metodologías definidas para deducir costos operativos, sin plazos claros de recuperación de la inversión y sin parámetros establecidos para distribuir beneficios entre los socios, el inversionista privado no puede proyectar con certeza si los ingresos serán suficientes para amortizar el proyecto y generar un margen acorde al nivel de riesgo asumido", detalló el IMCO.

Añadió que esa variable "puede determinar si un proyecto es financieramente atractivo para instituciones financieras o no".

Contrataciones de largo plazo 

En la Contratación de Largo Plazo, el sector privado asume el financiamiento, la construcción y la operación del proyecto, recuperando su inversión mediante pagos periódicos sujetos a estándares de desempeño durante un plazo de entre 4 y 40 años.

Para que esta modalidad sea atractiva, los contratos deberán establecer condiciones claras de elegibilidad, procesos competitivos, métricas de desempeño objetivas y mecanismos de pago predecibles.

"Una vez que el proyecto entra en operación, el inversionista recupera su inversión contra los flujos garantizados por el contrato; el riesgo se concentra en la fase de desarrollo. Proyectos que tarden más de 5 años en estructurarse y arrancar quedan expuestos a la incertidumbre presupuestal de la siguiente administración", enfatizó el IMCO.

 

 

 

 

 

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