TRABAJO EN MÉXICO

Reparto de utilidades: Estas son las empresas que no darán dinero este 2024

El reparto de utilidades es un pago extra que esperan todos los trabajadores, sin embargo, no todos recibirán este dinero por parte de su empresa

El reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón.
El reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón.Créditos: LSR/Cuartoscuro
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Será a partir de mayo de 2024 cuando algunos trabajadores reciban un dinerito extra aparte de su quincena, lo que significa que se sentirán un poquito más holgados en cuanto a economía durante esos días, sobretodo, luego de las vacaciones de Semana Santa y que eso representa un gasto extra para los mexicanos. 

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El pago que caerá en mayo o junio se trata del reparto de utilidades, un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, es decir, Profedet.

El reparto de utilidades debe llegar a más tardar el 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral, es decir, para una empresa, mientras que las personas que trabajan para una persona física, o sea para un patrón, deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio. 

De acuerdo con la ley, el porcentaje que reciben los trabajadores por las utilidades que genera la empresa en la que trabaja es del 10% de las utilidades netas, esta cifra está determinada hasta este momento por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

¿Qué empresas no entregan utilidades?

De acuerdo con el artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo y la Profedet, estas empresas están excentas de entregar utilidades a sus trabajadores:

  • Las empresas de nueva creación, durante los dos primeros años de funcionamiento.
  • Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los tres primeros años de funcionamiento. 
  • Empresas nuevas de la industria extractiva, durante el periodo de exploración.
  • Instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes.
  • IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

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Es importante que tomes en cuenta que, las empresas que se fusionen, traspasen o cambien de nombre o razón social no se consideran de nueva creación, así que sí tienen la obligación de hacer reparto de utilidades en este 2024, de lo contrario, los trabajadores que no reciban sus utilidades en tiempo y forma podrán reclamar ante la Profedet a partir del día siguiente en que se genere la obligación para el patrón y tiene un plazo de un año para realizar la reclamación. 

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