REGULACIÓN DE LAS ZONAS METROPOLITANAS

Las Zonas Metropolitanas

Un tema de gran relevancia, pero ausente en el debate actual, es la regulación de las zonas metropolitanas. | Roberto Remes

Escrito en OPINIÓN el

En el 107 aniversario de la Constitución Mexicana, el Presidente de México presentó 20 iniciativas de Reforma Constitucional, más con un tono electoral que con el interés de fortalecer el marco regulatorio del país o de proyectar una visión renovada para el Estado Mexicano. Estas propuestas, en gran medida, podrían haberse incorporado mediante reformas legales, mostrando una adaptabilidad a las cambiantes necesidades nacionales, en lugar de optar por modificaciones constitucionales permanentes.

Las reformas propuestas parecen ignorar discusiones democráticas significativas recientes, tales como la reforma al sistema de partidos, la prohibición del matrimonio infantil, y la necesidad de modificar el proceso de designación de los ministros de la Corte, evitando las decisiones unilaterales que han generado recientes controversias.

Un tema de gran relevancia, pero ausente en el debate actual, es la regulación de las zonas metropolitanas. Casi dos tercios de la población reside en estas áreas, y nuestro marco constitucional mantiene una visión limitada, ignorando la realidad metropolitana. Exclusivamente el artículo 122, centrado en la Ciudad de México, menciona el concepto "metropolitano", dejando a un lado las necesidades de otras zonas metropolitanas del país.

Existen esfuerzos notables, como el instituto de planeación metropolitana en Jalisco, y casos complejos como los de Puebla y Torreón, donde la zona metropolitana se extiende por dos entidades. A menudo, los municipios metropolitanos están gobernados por distintos partidos, complicando la coordinación, sin que el hecho de pertenecer al mismo partido garantice una colaboración efectiva.

El artículo 115 constitucional menciona la posible asociación entre municipios: "Los Municipios, previo acuerdo entre sus ayuntamientos, podrán coordinarse y asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor ejercicio de las funciones que les correspondan. En este caso y tratándose de la asociación de municipios de dos o más Estados, deberán contar con la aprobación de las legislaturas de los Estados respectivas". Sin embargo, esta disposición limita más que fomenta la coordinación metropolitana. La colaboración entre las autoridades subnacionales debe ser una obligación, no una alternativa.

En el autoritarismo actual, las reformas constitucionales parecen ser una iniciativa personal del presidente y no una respuesta a las necesidades identificadas por su gabinete. Debería ser el secretario de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano quien liderara la promoción de una reforma constitucional enfocada en las zonas metropolitanas.

Desafortunadamente, en este sexenio, los secretarios se limitan a aplaudir las acciones presidenciales, no a enriquecerlas. Un ejemplo es Román Meyer, quien escribió: 

Sin su hidalguía, probablemente su publicación pasaría desapercibida.

Los alcaldes del país suelen enfocarse en dejar su huella mediante la renovación de la plaza principal de su municipio, aunque sus sucesores probablemente hagan lo mismo, eliminando cualquier posibilidad de inmortalidad. El presidente, con su característico maniqueísmo, busca dejar su legado en una Constitución que inevitablemente será modificada en futuros sexenios. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es su plaza, donde pretende erigir su monumento, sin darse cuenta de que la historia podría eventualmente descartarlo.

Si el objetivo era dejar un legado duradero, la mejor ruta habría sido adoptar reformas constitucionales estratégicas, no orientadas a la política electoral. Entre ellas, una reforma que atienda a las zonas metropolitanas, promoviendo proyectos y políticas que reconozcan esta realidad, es urgente y necesaria.

La visión a corto plazo de las reformas constitucionales, centrada en construir un legado presidencial en lugar de atender a las necesidades reales del país, contrasta con la urgencia de abordar la regulación metropolitana. Desarrollar un marco jurídico para la planeación y gestión efectiva de las áreas urbanas es esencial, preparándonos para los retos que enfrentarán más de 100 millones de habitantes hacia el 2050.

Roberto Remes

@ReyPeatonMX