Para 2026, el gobierno federal planteó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realice una revisión en tiempo real de las plataformas digitales.
“Se impone la obligación a los prestadores de servicios digitales de permitir a las autoridades fiscales el acceso en línea y tiempo real a la información de sus sistemas o registros, relacionada con las operaciones de los servicios digitales que proporcionen”, según un análisis elaborado por la firma RAH Abogados.
En el documento “Paquete Económico. Reformas Fiscales 2026”, informan que, de acuerdo con las modificaciones planteadas al Código Fiscal de la Federación (CFF), el incumplimiento de esta obligación llevará al bloqueo temporal del acceso al servicio digital.
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La firma difunde que se prevé la colaboración de convenios con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones para la gestión tecnológica y análisis de datos.
La medida tendrá que ser aprobada por las Cámaras de Diputados y Senadores, con la finalidad de que entre en operación el 1 de enero de 2026.
Contexto: el pasado 8 de septiembre, la Secretaría de Hacienda entregó al Congreso mexicano el Paquete Económico para 2026, en donde se contemplan ajustes al CFF.
Prisión de 3 a 6 años
En los cambios fiscales que se plantean se encuentra la introducción de un nuevo delito, con sanción de tres a seis años de prisión, para aquellos contribuyentes que declaren hechos o datos falsos o presente documentación falsa o alterada en cualquier procedimiento regulado en el CFF.
Se plantea que el delito se investigará independientemente del procedimiento administrativo y puede generar una obligación o reparación de daño a la Hacienda Pública.
RESICO
Las personas físicas que se ubiquen en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) se les libera de la obligación de presentar la Declaración Anual, con lo cual solamente quedan como obligatorios los pagos mensuales que serán considerados como definitivos.
Aunque, para este tipo de contribuyentes, se les incluye dentro de una multa atenuada por no expedir, entregar o poner a disposición de los clientes, los comprobantes fiscales, detalla la firma de abogados.
“Se les aplicará la misma multa que a los del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), acorde a su capacidad económica”.
Fiscalización
En los ajustes al CFF, se plantea una ampliación del plazo para que la autoridad fiscal realice ciertas notificaciones (relacionadas con embargos precautorios o inmovilizaciones de depósitos) de tres a 20 días hábiles.
Además, se autoriza a las autoridades fiscales el uso de herramientas tecnológicas, ya sea fotografías, audios o videos, para registrar el desarrollo de las diligencias, durante visitas domiciliarias y verificación física de bienes en transporte.
Para los Contadores Públicos, se elimina la obligación explícita de informar a la autoridad fiscal sobre la comisión de delitos fiscales, si los conoce durante la elaboración del dictamen.
“Se mantiene la obligación de informar sobre incumplimiento de disposiciones fiscales y aduaneras, asumiendo que la obligación general de denunciar delitos ante el Ministerio Público ya aplica”, expuso la firma RAH Abogados.
