La Cámara de Diputados aprobó en lo general la reforma a la Ley Aduanera, la cual busca fortalecer el control fiscal y cerrar espacios a la corrupción dentro de las aduanas.
Los cambios fueron avalados por el pleno de San Lázaro, con 338 votos de Morena y sus aliados, y 129 en contra.
El dictamen aprobado modifica 65 artículos, adiciona 44 y deroga 9, además enfatiza la modernización tecnológica de las aduanas, elimina el carácter vitalicio de las patentes aduanales y fortalece controles a los programas de facilitación aduanera, como la importación temporal.
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También incrementa los controles a las operaciones aduaneras, y estipula que los agentes aduanales verificarán que importadores y exportadores cuenten con los documentos que acrediten las regulaciones y restricciones no arancelarias.
Contexto: La Reforma a la Ley Aduanera es parte del Paquete Económico 2026, la cual busca mejorar la recaudación en las aduanas, mismas que son pieza clave de los ingresos tributarios, ya que aportan una cuarta parte de éstos.
Van contra el contrabando
El dictamen aprobado establece varias medidas para combatir el contrabando; contempla el establecimiento de sanciones más severas en el comercio exterior con multas de entre 250% y 300%.
“Multa del 250% al 300% del valor comercial de las mercancías cuando su importación o exportación esté prohibida" o cuando las maquiladoras y empresas con programa autorizado por la Secretaría de Economía no retornen las mercancías importadas temporalmente, establece el artículo 178 de la Ley Aduanera.
Actualmente, las multas se ubican entre 70 y 100%, según un comparativo del proyecto de decreto de la Ley Aduanera de la vicecoordinación del Grupo parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados, en poder de La Silla Rota.
Además, el incumplimiento de Regulaciones y Restricciones No Arancelarias (RRNA) o cuotas compensatorias y la extracción indebida de mercancías de recintos fiscales o fiscalizados tendrán sanciones de 250% a 300% del valor comercial de las mercancías
Un aspecto adicional contempla que en el caso de que la autoridad tenga una imposibilidad de realizar el reconocimiento aduanero, la sanción será del 250% al 300% del valor declarado de las mercancías.
Otra multa del 250% al 300% del valor en aduana de las mercancías es por la declaración de datos falsos o inexistentes del proveedor o importador.
Patentes bajo control
Una de las modificaciones que aprobó la Cámara de Diputados es la cancelación de patentes por diversas acciones. Aquí te las exponemos:
1. Cuando la omisión en el pago de impuestos, contribuciones y cuotas compensatorias exceda de 330 mil 900 pesos y dicha omisión represente más del 10% del total que debieron pagarse.
2. Al efectuar trámites de despacho sin permiso, sin cupo, o sin cumplir cualquier Regulaciones y Restricciones No Arancelarias (RRNA) emitida conforme a la Ley de Comercio Exterior, o cuando se trate de mercancía de importación o exportación prohibida.
3. Al declarar datos del importador o exportador que resulten falsos o inexistentes, o declarar datos de una persona de la cual no se cuente con el encargo conferido.
4. Si la persona es condenada en sentencia definitiva por haber participado en la comisión de delitos fiscales o de otros delitos que ameriten pena corporal. En este caso, no se podrá solicitar nuevamente la autorización para obtener una patente de agente aduanal.
5. Cuando haya sido suspendida su patente más de dos veces en el plazo de tres años.
