TRABAJO EN MÉXICO

Así será el único día de descanso obligatorio de septiembre y los que restan del 2025

Al 2025 le restan 3 días de descanso obligatorio, por lo que los trabajadores recibirán un salario triple

Jornada laboral..Los días de descanso obligatorio son aquellos que no son laborables y las personas trabajadoras deben recibir su salario diario, más uno doble.Créditos: LSR/Pixabay
Escrito en NACIÓN el

El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo señala que al 2025 le quedan los siguientes días de descanso obligatorio:

  • El 16 de septiembre.
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
  • El 25 de diciembre.

Es decir, al año sólo le quedan 3 días feriados. 

¿Cuántos días de descanso obligatorio tendrá el mes de septiembre del 2025?

Tomando en cuanta la lista de descansos obligatorios que proporciona la Ley Federal del Trabajo, el próximo día de descanso obligatorio será el del 16 de septiembre, el único que tendrá el mes patrio. 

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Hay que recordar que, cada año se publica una lista de días de descanso obligatorio que podrán disfrutar los trabajadores, a veces hay más y en otros menos, por ejemplo, en este año no se aplicará el del 1 de octubre, ya que, corresponde a la fecha en la que México cambia de administración, lo que quiere decir que hasta que acabe el actual Gobierno se volverá a considerar ese día como feriado.

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Tampoco se agregará uno más en caso de que, las leyes federales y locales electorales determinen elecciones ordinarias para efectuar la jornada electoral, pues este tipo de eventos no están considerados para lo que resta del año. 

Pixabay

¿Qué pasa si las personas trabajadoras laboran en un día de descanso obligatorio?

De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, tanto personas empleadoras como personas trabajadoras deberán determinar el número de trabajadoras y trabajadores que prestarán sus servicios en un día de descanso obligatorio. Las personas trabajadoras que deban presentarse a laborar de manera habitual tendrán derecho a recibir independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple.

Además, si un día de descanso obligatorio cae en domingo, la persona empleadora deberá cubrirle a la persona trabajadora el pago de la prima dominical señalado en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo.

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MJP