Argumentando violaciones al proceso legislativo, la jueza Sexto de Distrito en Materia Administrativa con sede en Zapopan, Jalisco, Gabriela Ruiz Márquez, otorgó un amparo contra la reforma judicial y ordenó dejar sin efecto los actos del proceso de reforma y por tanto, suspender el proceso de elección de jueces, ministros y magistrados que tendrá lugar en 2025.
ÚNETE A NUESTRO CANAL DE WHATSAPP. EL PODER DE LA INFORMACIÓN EN LA PALMA DE TU MANO
SÍGUENOS EN EL SHOWCASE DE GOOGLE NEWS
Te podría interesar
De acuerdo con la resolución de la jueza federal, el proceso legislativo de la reforma judicial estuvo marcado por un “efecto corruptor”, causado por diversas irregularidades que la hacen asumir vicios en la votación de los legisladores.
Además sostiene que el proceso se vio empañado por “un clima de ataques sistemáticos del Ejecutivo en contra del Poder Judicial, con la intención de deslegitimarlo”, lo que “produjo un ‘efecto corruptor’ en la forma de un condicionamiento de la percepción global e individual de las personas integrantes del cuerpo legislativo”.
Te podría interesar
Esto provoca la “nulidad del procedimiento legislativo, al tratarse de un ilícito constitucional que afecta el respeto de las minorías, pues se desarrolló en un marco de ataques sistemáticos del Poder Ejecutivo en contra del Judicial, financiado con recursos públicos y mediante canales oficiales de comunicación”, detalla la resolución de la jueza Ruiz Márquez.
Reforma judicial a debate, sigue la cobertura completa
TE PUEDE INTERESAR: Entrevista | Un juez que toma la matraca y se hace político, compromete su autonomía: Norma Piña
Reforma sustentada en retórica
La jueza señaló que el Poder Legislativo llevó a cabo la reforma al Poder Judicial a partir justificaciones sustentadas en mera retórica, ya que no cumplió con su carga argumentativa y probatoria de que se persigue una finalidad legítima.
“Basta dar lectura la integridad de la exposición de motivos, así como asomarse al fondo de la reforma, para advertir que la sustitución constitucional no encuentra ninguna clase de justificación, más allá de la retórica”, sostiene en resolución.
Y agrega que el Poder Legislativo sobrepaso su competencia reformadora al ir más allá de lo constitucionalmente permitido. Esto, al quebrantar un elemento esencial de la Constitución y del Estado, la división de poderes y la garantía de los derechos humanos, manifestados mediante la independencia judicial.
“Esto, pues el desconocimiento de un régimen democrático asentado sobre ideales de control del poder, no es un acto al alcance del poder de reforma, pues implica el desapego a la forma de gobierno republicana y democrática, por lo que si la intención es o era, socavar la independencia judicial, esto debía expresarse públicamente, no encubrirse mediante retóricas que pretendieran legitimar un actuar antidemocrático, al amparo de los mismos mecanismos democráticos de reforma”, apuntó.
Por consiguiente, ordenó dejar sin efecto los actos del proceso de reforma judicial, así como los subsecuentes actos con el fin de implementarla.
“Lo anterior, en el entendido que se encontraron vicios de procedimiento que afectan la regularidad de todo el conjunto de actos y, por consiguiente, la del Decreto de reforma en su integridad. Sin que esto implique un pronunciamiento sobre constitucionalidad de normas generales”, detalla el fallo.
VGB