El Senado de la República aprobó modificaciones al artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que el Estado retome el derecho de usar las vías férreas para el transporte de pasajeros y pueda realizar proyectos similares a los del Tren Maya.
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Por unanimidad de 123 votos, el pleno del Senado aprobó el dictamen para que el Estado mexicano retome el derecho de las vías de ferrocarril.
La semana pasada, la Cámara de Diputados había ya aprobado por unanimidad la reforma constitucional en materia de vías ferroviarias.
Aprobación en Diputados
El 9 de octubre, con 472 votos a favor, cero en contra y ninguna abstención, la Cámara baja avaló y turnó al Senado el dictamen que modifica el Artículo 28 de la Constitución para que el Gobierno pueda hacer uso de la infraestructura ferroviaria.
El dictamen señala que estas asignaciones o concesiones podrán ser otorgadas por el Ejecutivo, encabezado por la presidenta Claudia Sheinbaum.
Asimismo, la reforma reconoce al transporte de pasajeros y de carga como “áreas prioritarias para el desarrollo nacional”, en los términos del Artículo 25 constitucional.
También indica que los particulares que cuenten con concesiones para prestar el servicio de transporte ferroviario de carga podrán obtener concesiones para prestar el servicio de transporte ferroviario de pasajeros, dando preferencia a este último.
Esta iniciativa forma parte del paquete de reformas constitucionales enviadas por el expresidente Andrés Manuel López Obrador al Congreso, el pasado 5 de febrero, junto con la polémica reforma judicial y la de la Guardia Nacional.
Claudia Sheinbaum ha anunciado como obras prioritarias para su gobierno la creación de dos nuevas líneas de trenes de pasajeros “similares al Tren Maya”, pero hacia el norte del país.
Además de la habilitación de más de 3,500 kilómetros de vías férreas con trabajos divididos entre ingenieros militares y empresas privadas, con una duración aproximada de 5 años.
Así queda el artículo 28 de la Constitución
La iniciativa aprobada modifica el artículo 28 de la Constitución para que no se considere monopolio al servicio ferroviario en caso de que lo preste el gobierno.
Además, agrega un párrafo al artículo 28 para quedar así: “El Estado Mexicano retoma el derecho de utilizar las vías ferroviarias para prestar el servicio de transporte de pasajeros. Para ello, el Ejecutivo Federal podrá otorgar asignaciones a empresas públicas o concesiones a particulares”.
En el dictamen, los legisladores destacaron que la reforma es clave porque busca retomar el control estatal sobre las vías ferroviarias, específicamente para la prestación del servicio de pasajeros, algo que había sido descuidado desde la privatización del sector en los años noventa.
En los artículos transitorios, el dictamen establece que el Congreso de la Unión tendrá un plazo de 180 días naturales, a partir de la entrada en vigor del Decreto, para realizar las adecuaciones que resulten necesarias a las leyes secundarias correspondientes.