DERECHOS LABORALES

Reparto de utilidades cambia la jugada: ¿Mi patrón puede ir a la cárcel si no me paga mi dinero?

Si no recibes este derecho laboral o te pagan de forma incompleta, tienes un plazo máximo de un año para reclamar tu reparto de utilidades

Recuerda que si trabajaste al menos 60 días te tocan utilidades, de lo contrario puedes denunciar el incumplimiento de tu patrón.
Recuerda que si trabajaste al menos 60 días te tocan utilidades, de lo contrario puedes denunciar el incumplimiento de tu patrón. Créditos: Especial
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El reparto de utilidades 2023 es un derecho que los trabajadores tienen por ley en México y consta de recibir parte de las ganancias que las empresas recaudan al año, al mismo tiempo que, esto reconoce la colaboración de los empleados para poder generarlas, sin embargo, este dinero tiene sus reglas para repartirse.

Las utilidades las entregan las personas morales, es decir, las empresas desde el 1 de abril y hasta el 30 de mayo, mientras que las personas físicas tienen como fecha límite para repartirlas hasta el 29 de junio, de acuerdo con las indicaciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT). 

Recuerda que si trabajaste al menos 60 días te tocan utilidades, pero entre más días hayas trabajado mayor podrá ser la cantidad de dinero que te toque, pues la mitad se da según la cantidad de días trabajados durante el año y la otra mitad por el salario recibido durante ese periodo de tiempo. 

Pero, también, es importante que tomes en cuenta que, hay empresas que no pagan esta prestación debido a varias circunstancias, por lo que, los trabajadores se preguntan qué pasa con el patrón que no paga este dinero y cómo se puede denunciar esta falta.

¿Mi patrón puede ir a la cárcel si no me paga utilidades?

De acuerdo con el Gobierno de México, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo invita a las empresas y patrones a cumplir con el reparto de utilidades en tiempo y forma, pues de no hacerlo conlleva a multas que van de los 50 a los 5000 salarios mínimos vigentes, según lo señala la LFT.

En caso de que tu patrón haya reportado ganancias anuales, los trabajadores que no reciban el reparto de utilidades tienen un año para hacer exigible el pago, lo que no exenta a las compañías de recibir una sanción.

Es decir, las compañías que reportaron ganancias en su declaración anual y omitieron esta obligación pueden recibir una multa que va de los 24,055 a los 481,100 pesos, de acuerdo con lo establecido por la Ley Federal del Trabajo.

¿Cuánto vas a recibir de utilidades? (Cuartoscuro)

En caso de que una empresa incumpla con el reparto de utilidades 2023, los trabajadores tienen el derecho a denunciar ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para que se lleven a cabo las sanciones correspondientes.

Al igual que otras sanciones, la multa por incumplimiento en la reglamentación de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU) puede imponerse por cada empleado afectado por la omisión.

Así que, si llevas 60 días o más trabajando en una empresa y no recibiste utilidades, puedes levantar una queja ante la PROFEDET.

Puedes llamar a PROFEDET al 01 800 911 78 77, o escribir al correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx en caso de dudas sobre el pago de reparto de utilidades.

En este sentido, si no recibes esta prestación o te pagan de forma incompleta, recuerda que, el plazo máximo es de un año para reclamar el reparto de utilidades.

¿Qué empresas no pagarán utilidades en 2023?

  • Empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
  • Empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
  • Empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
  • Instituciones de asistencia privada reconocidas por leyes, que no tengan fines de lucro.
  • El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300 mil pesos.

Asimismo, hay trabajadores que no tienen derecho a recibir utilidades y son:

  • Los trabajadores domésticos.
  • Los trabajadores eventuales que hayan trabajado menos de sesenta días en el ejercicio.
  • Directores, Administradores y Gerentes Generales, así como socios o accionistas de la empresa.
  • Profesionistas técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado.