El 2 de junio pasado fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación los decretos por los que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma al Poder Judicial; y se adiciona un inciso a la base VI del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para introducir una nueva causal de nulidad de elecciones por intervención extranjera, siendo la adición del artículo 41 de la Carta Magna a la que me referiré en esta ocasión; aclarando que no lo hago a la reforma al Poder Judicial porque ésta amerita su propio análisis. Sin embargo, he de señalar que la reforma de la reforma ningún beneficio trae a los ciudadanos, pues sigue el debilitamiento de la división de poderes, de la independencia judicial y la falta de capacidad en los juzgadores electos por voto popular, esto es, la destrucción de la democracia, del Poder Judicial, de la impartición de justicia y de la certeza jurídica que tanta inversión ha ahuyentado en nuestro país.
Ambas reformas me preocupan sobre manera como jurista que soy, pero sobre todo como ciudadana mexicana.
En efecto, el decreto referido adiciona el inciso d) a la fracción VI, del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que textualmente dice: “d) Se acrediten actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados electorales”.
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Adición que es sumamente preocupante porque no delimita a qué actos en concreto se refiere, ni qué actos deberán entenderse como intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados electorales, dejando totalmente indeterminado qué debe entenderse por intervención y por injerencia, y de qué manera es que deberán influir en los resultados electorales; y ante menor certeza jurídica y determinación, mayor amplitud a la interpretación y arbitrariedad.
Y la preocupación no es sólo por lo escueto y falta de determinación a tal enunciado, sino que en la inicial propuesta de reforma otra era la redacción, en aquella se proponía que, se declarara nula una elección cuando existiera intervención de individuos, organizaciones o gobiernos extranjeros con la intención de influir en las preferencias o en los resultados electorales; esto es, cualquier información, opinión o propaganda, podría dar lugar a que se declarara nula una elección, pues bastaba que interviniera un individuo, una organización o un gobierno extranjero que hiciera manifestaciones que deterioraran la imagen del partido en el poder y que los votantes dejaran de votar por dicho partido para nulificar la elección bajo el pretexto de que dichas manifestaciones modificaron las preferencias de los electores.
Exacto, en los últimos meses se ha dicho que el estado mexicano es un “narcoestado”, así ha sido señalado tanto en el extranjero como internamente, ya que las organizaciones criminales pululan en nuestro país y se señala se encuentran incrustadas en todos los niveles de gobierno. Diariamente se hace referencia a que figuras del partido en el poder tienen relación con esas organizaciones criminales; lo que definitivamente no abona nada bueno a sus figuras ni al partido al que pertenecen, por lo que al “despertar” los mexicanos se darán cuenta de la ignominia de quienes hoy ejercen el poder en México y en próximas elecciones podríamos elegir mejor a nuestros gobernantes, buscando líderes con ética, decencia, alejados de la corrupción y de la delincuencia organizada, por lo que perderán elecciones y el poder totalitario que han obtenido en nuestro país.
Sin embargo, adelantándose a ese escenario es que fue necesaria su propuesta legislativa para reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, adicionando un inciso a la fracción VI del artículo 41, a fin de señalar que esas manifestaciones o imputaciones podrían dar lugar a la nulidad de una elección pues influirían en la preferencia electoral de los votantes.
Empero, no contaba el partido dominante con que sus aliados no estarían de acuerdo con la redacción de su propuesta y al tratarse de reforma constitucional se requería de la votación de una mayoría calificada la que no lograrían, lo que orilló al partido en el poder a aceptar cambiar la redacción dejándola totalmente abierta para darle sentido y acotarla en la ley secundaria.
Sin embargo, haber obtenido la votación necesaria para una adición tan amplia, sin taxatividad, sin definiciones, sin determinación alguna, fue muy grave; pues ahora nos encontramos en un inmenso peligro los mexicanos.
Así es, tal y como lo digo, estamos en un grave peligro, porque para poder reformarse la Constitución Política de nuestro país, necesitaban una mayoría calificada y para poder reformar una ley secundaria solo necesitan una mayoría absoluta, como lo señala el artículo 72 de la propia Carta Magna; esto es, mucho menos votos que los que requerían para una reforma constitucional.
Ahora bien, en el escenario de que en la ley secundaria quisiera retomar el partido dominante la redacción propuesta inicialmente, o alguna otra que en un juego de palabras les permita dejar la puerta abierta para nulificar elecciones a su antojo, como es su deseo; en la Cámara de diputados necesitarían del apoyo de sus aliados al no ser los diputados de Morena mayoría absoluta. Sin embargo, para ello sólo necesitan aproximadamente 15 aliados a su partido; y en la Cámara de Senadores ahí sí cuentan con la mayoría absoluta; lo que nos pone en un riesgo mayúsculo a que en una ley secundaría logren el propósito no alcanzado directamente en la reforma constitucional, ya que requieren menos votos para obtener lo que no lograron en esta reforma recién publicada; lo que no dudo haya sido una estrategia ya planeada.
¿Qué podemos hacer los mexicanos ante este escenario? alzar la voz y exigir a nuestros legisladores que no aprueben una ley secundaria que ponga en peligro el ejercicio democrático de todos los mexicanos. No deben abrir la puerta a disposiciones que permitan que, si la ciudadanía no vota por el partido en el poder, se pretenda anular la elección y desconocer la voluntad expresada en las urnas. En una democracia, el voto debe respetarse siempre, independientemente de quién resulte vencedor.
Además, una ley secundaría no debe ir más allá de lo establecido en la Carta Magna, ni pretender incorporar disposiciones que no fueron aprobadas durante el proceso legislativo de reforma constitucional.
Y que no se nos diga que existen instancias y recursos suficientes para validar una elección y hacer cumplir la ley. Muchos mexicanos nos damos cuenta que el Instituto Nacional Electoral ha sido integrado por personas cercanas a la fuerza política gobernante, lo que genera dudas sobre su imparcialidad. Del mismo modo, hemos visto que a los Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación se les han retribuido decisiones favorables desde la reforma judicial de 2024, cuando se amplió su permanencia en el cargo y posteriormente se pronunciaron sobre la asignación de escaños y la denominada sobrerrepresentación legislativa, validando criterios que beneficiaron al grupo gobernante.
A ello se suma que dichos magistrados avalaron la reforma judicial y ahora podrán permanecer hasta el 2028, precisamente el año en que deberán resolver las controversias relacionadas con las elecciones judiciales. Además, se les brinda la posibilidad de contender mediante voto popular, con la expectativa de que la ciudadanía los ratifique en sus funciones. Para muchos mexicanos, estas circunstancias generan la percepción de que quienes deben actuar como árbitros independientes se encuentran comprometidos con los intereses de la fuerza política que actualmente detenta el poder.
Ante este escenario, la pregunta es inevitable: ¿qué autoridades o instancias verdaderamente independientes nos quedan para garantizar la legalidad de una elección y dar certeza a los ciudadanos de que su voto será respetado?
Respuesta, el partido gobernante no copta nada más a jueces y magistrados e hizo suya a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, también se aseguró de tener contentos y comprados a la mayoría de Consejeros del INE y de los Magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; esto es, nuestro sistema de gobierno no mantiene actualmente mecanismos independientes suficientes para corregir excesos y arbitrariedades de las actuaciones de nuestras autoridades federales, ya que no tenemos órganos electorales ni judiciales independientes y la concentración del poder se encuentra en un solo bloque político, sin contrapeso alguno.
Finalmente, la discusión no ha concluido con la aprobación de la reforma constitucional. Será la ley secundaria la que revele su verdadero alcance y permita conocer si esta nueva causa de nulidad electoral fue diseñada para proteger la autenticidad de las elecciones o para convertirse en un perverso instrumento político susceptible de ser utilizado contra la voluntad expresada por los ciudadanos en las urnas.
