JUECES Y POPULARIDAD

¿Puede un buen juez seguir siéndolo cuando busca popularidad?

Cuando la justicia comienza a buscar aplausos, corre el riesgo de abandonar aquello que la distingue de la política. | José Manuel de Alba de Alba

Escrito en OPINIÓN el

Durante buena parte de la historia, la filosofía jurídica se preguntó si una mala persona podía ser un buen juez. Hoy la pregunta parece distinta, ¿puede un buen juez seguir siéndolo cuando comienza a buscar popularidad?

La pregunta no es menor. En diversos países se observa una tendencia creciente a exigir que los jueces sean visibles, cercanos, activos en redes sociales, participantes en actividades comunitarias y, en algunos casos, candidatos sometidos a procesos electorales. La premisa parece atractiva; si los jueces están más cerca de la gente, la justicia será más democrática. Sin embargo, la experiencia histórica enseña una lección distinta. 

La justicia existe precisamente para proteger derechos cuando la mayoría quiere desconocerlos. Por ello, la independencia judicial nunca fue concebida como un privilegio de los jueces, sino como una garantía de los ciudadanos.

Durante siglos, la autoridad de los jueces no dependió de su popularidad. Su legitimidad provenía de su nombramiento institucional, de su independencia frente al poder político y de su sometimiento al derecho. El juez era visto como un tercero neutral. La distancia respecto de las partes no era un defecto democrático, sino una condición necesaria para garantizar la imparcialidad. La confianza ciudadana no surgía de la cercanía personal con el juzgador, sino de la certeza de que éste no debía favores a nadie.

Con el desarrollo del constitucionalismo moderno, la legitimidad judicial incorporó un nuevo elemento: la argumentación. Los jueces ya no sólo aplican normas, deben justificar racionalmente sus decisiones. La ciudadanía exige razones, no únicamente autoridad. Una sentencia legítima es aquella capaz de explicar públicamente por qué una persona tiene razón y otra no. Pero incluso en este modelo más exigente, la independencia continúa siendo indispensable. Ninguna argumentación puede ser auténticamente libre si quien la formula está condicionado por intereses externos o por la necesidad de agradar.

Las formas de legitimación judicial han cambiado con el tiempo. La independencia no, ya que no existe experiencia de justicia constitucional eficaz sin jueces independientes. La razón es sencilla: los derechos fundamentales suelen requerir protección precisamente cuando son impopulares. La función judicial consiste en aplicar el derecho, no en seguir encuestas.

La experiencia histórica demuestra que las formas de legitimación judicial han evolucionado, pero la independencia permanece como una constante. Desde los primeros modelos constitucionales modernos hasta los tribunales contemporáneos, la protección efectiva de los derechos fundamentales ha dependido siempre de jueces capaces de decidir conforme al derecho y no conforme a la popularidad de sus resoluciones.

Existe además una dimensión frecuentemente olvidada. La justicia no sólo debe ser imparcial; también debe parecerlo. La confianza pública depende tanto de la realidad como de la percepción. Los ciudadanos deben advertir que quienes juzgan no tienen compromisos políticos, sociales o personales que puedan influir en sus decisiones. La apariencia de independencia constituye por sí misma un valor institucional que fortalece la credibilidad del sistema judicial.

Por ello, aunque la llamada justicia de proximidad persigue objetivos legítimos, conviene reconocer que existen fronteras que no deberían cruzarse. Un juez puede explicar el funcionamiento de las instituciones, promover la cultura jurídica o facilitar el acceso a la justicia. Lo que no puede hacer sin riesgos es transformarse en representante de causas, grupos o intereses específicos. Cuando ello ocurre, la figura del tercero neutral comienza a desdibujarse.

La independencia judicial rara vez desaparece de manera abrupta. Generalmente se erosiona poco a poco, a través de relaciones, afinidades, simpatías o expectativas de reconocimiento. No siempre existe una presión directa. A veces basta la necesidad humana de conservar apoyos, aprobación o prestigio para que aparezcan incentivos incompatibles con la imparcialidad.

Lo mismo ocurre respecto de la relación entre jueces y poder político. La división de poderes nunca fue diseñada para producir armonía, sino para generar controles. Por ello resulta especialmente delicada la participación de jueces en actos de evidente contenido político o propagandístico. En estos casos no es necesario demostrar una influencia efectiva sobre sus decisiones, basta una apariencia razonable de dependencia para afectar la confianza pública en la imparcialidad judicial.

Algo similar ocurre con las sesiones judiciales realizadas fuera de los tribunales como mecanismo de acercamiento social. La legitimidad de los órganos jurisdiccionales no depende del lugar físico donde sesionan. Depende de la calidad de sus decisiones. La justicia obtiene autoridad mediante la argumentación jurídica, no mediante la escenografía.

Las redes sociales y los nuevos mecanismos de comunicación pública han intensificado este fenómeno. Mientras las plataformas digitales premian la visibilidad y la popularidad, la función judicial exige prudencia. El riesgo es evidente: que el juez comience a pensar en la reacción pública antes que en la corrección jurídica de sus decisiones.

La elección popular de jueces lleva esta tensión al extremo. Para ganar una elección se requiere simpatía, respaldo y reconocimiento social. Para ejercer la función jurisdiccional es indispensable contar con independencia respecto de quienes proporcionaron ese respaldo. La paradoja es difícil de ignorar; el candidato necesita convencer, mientras que el juez necesita abstraerse de cualquier compromiso derivado de esa convicción.

La pregunta, entonces, no es si los jueces deben acercarse a la ciudadanía. La verdadera cuestión consiste en determinar hasta dónde puede llegar ese acercamiento sin comprometer la distancia institucional que garantiza la imparcialidad. Porque una democracia puede funcionar sin jueces populares. Lo que difícilmente puede permitirse es perder jueces independientes.

Cuando la justicia comienza a buscar aplausos, corre el riesgo de abandonar aquello que la distingue de la política. Y cuando eso ocurre, no sólo se transforma la función del juez; también se debilita una de las principales garantías de libertad para todos los ciudadanos.

José Manuel de Alba de Alba

@JoseDeAlba99607