REFORMA JUDICIAL

Reforma judicial: elección y el mal radical

La elección de jueces obliga a pensar primero en votos, recursos y estructuras de apoyo, no en conocimiento jurídico: ahí comienza el problema, el juzgador llega con compromisos adquiridos y libertades disminuidas. | José Roldán Xopa

Escrito en OPINIÓN el

Hanna Arendt quizás la más brillante analista de los totalitarismos identificó la presencia de ciertas condiciones a las que denominó el mal radical. El totalitarismo requiere condiciones para su existencia. El totalitarismo requiere de falta de reflexión: de capacidades disminuidas para pensar y actuar.

No se trata de identificar a la reforma judicial con el totalitarismo, sino de analizarla en términos de las condiciones que generan en el funcionamiento de la institución judicial y en el comportamiento de los seres humanos que buscan y/o se desempeñan en la judicatura. La elección de jueces tiende a disminuir las capacidades de reflexión que requiere la función de juzgar.

Parto de algo elemental: para ganar elecciones se requieren votos y recursos. No necesariamente en ese orden. Para esto se requiere de estructuras e interesados en proveerlas. En esto, el conocimiento y habilidades jurídicas pasan a segundo término. Por supuesto, los partidos políticos o las coaliciones electorales son las estructuras o maquinarias que se especializan en movilizaciones del voto, pero no las únicas. También otras estructuras corporativas tales como las iglesias, los sindicatos, las organizaciones empresariales o, incluso, el crimen organizado, pueden tener capacidad de movilizar para el voto.

Quien quiera ser juzgador tiene que responder a la pregunta ¿qué hacer para ganar una elección? Y pensar en los medios. Tiene que pensar en maximizar la obtención de votos.

Si se recurre a un mediador (resulta ingenuo pensar que no será así), es también propiciar el quid pro quo (una cosa por otra).  

El quid pro quo puede consistir en intangibles: militancia, lealtad, adherencia a cierto forma de entendimiento político, ideológico o valorativo del posible juzgador

Quien apoya puede tener en mente que quien sea elegido deberá guardar lealtad y orientar sus decisiones en el sentido que es esperable. Si no es así, será considerada como una traición (aun cuando no se trató de una elección sino de una designación, AMLO y Trump esperarían apoyo de los jueces que designan). El apoyo electoral genera esa expectativa. En reciprocidad, hay juzgadores que pagan con lealtad el apoyo.

Es posible también que haya jueces militantes. La actual integración de la Corte muestra casos claros de juzgadores militantes. Junto con la militancia se encuentra la ideología. La militancia y la ideología tienen consecuencias de exclusión. La lógica amigo/enemigo implica ya la predeterminación en las decisiones.

A las expresiones que en el terreno de la política o de la ideología se presentan en el quid pro quo, se agregan otras más terrenales. Los apoyos crean poderes de influencia y disminuyen las libertades; los apoyos pueden pagarse con “miradas de simpatía hacia el asunto”, “con buenos ojos”, con derechos de picaporte, con cargos, con atenciones diferenciadas, con información privilegiada.

El catálogo de posibles prácticas puede ampliarse.

Invariablemente se disminuyen las capacidades de libertad y decisión. El juzgador asume su función con compromisos adquiridos. 

Posiblemente la reforma de la reforma mejore el piso en conocimiento jurídico, pero mantiene el mal radical.   

 

José Roldán Xopa 

@jrxopa