REFORMA ELECTORAL

Del alcance potencial de la reforma electoral 2026

La reforma electoral es una iniciativa que trata asuntos de chile, dulce y de manteca, con alcances diversos y aún muchas lagunas para entender exactamente qué se está proponiendo. | Ricardo de la Peña

Escrito en OPINIÓN el

Al momento de escribir estas líneas, días antes de su publicación, aún no se cuenta con una iniciativa formal para la reforma electoral que pretende el gobierno federal llevar a cabo cara a los comicios de 2027.

La expectativa de que con ello se logre definir el destino de esta propuesta, que aún no cuenta con el aval expreso, y por ende con el respaldo en votos de los partidos aliados del mayoritario, que asegure su aprobación en las Cámaras del Legislativo federal de suficientes integrantes que posibiliten que lo deseado se convierta en lo normado. Partido del Trabajo y Verde Ecologista aún manifiestan reticencias para avalar esta pretendida reforma. Y desde luego esta propuesta no busca alcanzar un consenso con las fuerzas opositoras, marginadas de todo el procedimiento de eventual reforma.

LA REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL PROPUESTA

Son diez los puntos que inicialmente considera la reforma. El más controvertido entre los partidos de la mayoría gobernante es el relativo a las reglas para la definición de la representación proporcional, sobre todo en lo que corresponde a la Cámara baja del Congreso federal.

La reforma en la composición del Senado es un asunto claro, pues consiste en la eliminación de los 32 asientos que se han asignado a los partidos mediante un reparto proporcional a su votación nacional. Esto repercute en un cambio relativamente menor en la distribución por partido de las curules en este órgano, dos por entidad para las candidaturas con más votos y una por entidad para la candidatura que consiga ser la minoría mayor. La eliminación de los asientos por representación proporcional sin duda favorece al partido mayoritario, pero su efecto es marginal.

Otro es el caso de la representación proporcional en la diputación federal. Ahora se propone que el Artículo 53 constitucional establezca que la elección de las doscientas diputaciones según el principio de representación proporcional se ajuste a lo siguiente:

“a) cien que no obtuvieron el triunfo en el distrito en que participaron ordenados porcentualmente de manera decreciente conforme a la votación distrital válida emitida, de su propio partido en esa misma elección, y

b) cien por votación directa en cinco circunscripciones regionales, en donde se integrarán las diputaciones electas por las ciudadanas y ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero.”

Por demás, la asignación de asientos por representación proporcional se iniciaría con los candidatos con mayor porcentaje de votación distrital sin ganar, alternando con los electos por circunscripción.

El objetivo de este clausulado es premiar a los candidatos más competitivos de cada partido. Así, un candidato que perdió su distrito pero convenció relativamente a mucha gente tendría preferencia sobre uno que perdió pero que logró pocos votos. Así, la fracción a) son candidatos que hicieron campaña, fueron votados y su lugar en la lista depende de su desempeño en las urnas, mientras que la fracción b) son listas regionales "directas", aunque también incluyen migrantes.

Entonces, la fracción a) busca que el esfuerzo de campaña y la representatividad real en los distritos cuenten para llegar a la Cámara, evitando que todas las diputaciones plurinominales sean decididas exclusivamente por las cúpulas de los partidos y la fracción b) permite la elección en lista abierta de los restantes representantes proporcionales al voto por partido.

Con esta propuesta, el reparto actual de curules por partido no se vería afectado por las nuevas disposiciones, dado que el tope de ocho puntos porcentuales para la sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados —que se establece en el Artículo 54, fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos— no se modificaría.

Luego, la reforma que se propone en la composición de la representación proporcional en la Cámara baja del Congreso de la Unión afecta los mecanismos de definición de quiénes y cómo pueden acceder a curules, no el reparto entre fuerzas político-partidarias en el seno de ese órgano, que se mantendría sin alteración.

LOS OTROS PUNTOS DE LA REFORMA

Una segunda preocupación en la reforma y punto caliente para el logro de un consenso entre los partidos que conforman la alianza gobernante que posibilite que la reforma salga avante es la reducción del gasto. Para ello, se propone un decremento de la cuarta parte en el costo de las elecciones, partiendo del mito de su elevado costo. Este descuento afectaría lo mismo a los órganos electorales que a los partidos políticos. Otra vertiente sería bajar el número de regidurías conforme a la población de cada municipio, hasta un máximo de quince. Otra vía de reducción del gasto es disminuir sueldos y bonos de consejeros y altos mandos del órgano administrativo electoral y reducir el gasto del Congreso Federal y de los Congresos Locales.

Cercano a este punto, se propone reducir los tiempos de radio y televisión de 48 a 35 minutos diarios por emisora en periodo electoral.

Otro punto de la reforma se orienta hacia una mayor fiscalización. Para ello, el Instituto Nacional Electoral (INE) tendría acceso de manera oportuna a las operaciones financieras de partidos y personas candidatas, prohibiéndose además las aportaciones en efectivo e implementando el uso de tecnologías en la fiscalización.

En materia de inteligencia artificial, se incluye en la reforma aunque no se define cómo llevarlo a cabo una regulación del uso de Inteligencia Artificial y la prohibición de bots y otros mecanismos artificiales en las redes sociales.

Los cómputos distritales ahora iniciarán al término de la jornada electoral, con lo que se entiende que se eliminaría el programa de resultados electorales preliminares, dando paso directamente a la etapa de cómputo formal.

Otros puntos que toca la propuesta de reforma sería ampliar lo que suele llamarse como democracia participativa a estados y municipios y permitir el uso de tecnologías, como el voto electrónico; en estos instrumentos. Además, se reitera como mera propaganda lo constitucionalmente establecido de que los cargos de elección popular no pueden ser heredados a familiares y la prohibición de la reelección consecutiva en todos los cargos de elección popular a partir de 2030.

Como puede verse, una iniciativa que trata asuntos de chile, dulce y de manteca, con alcances diversos y aún muchas lagunas para entender exactamente qué se está proponiendo. Es de esperar que en las próximas semanas el panorama se clarifique y se conozca si esta iniciativa finalmente tiene pies y piernas o si simplemente se cubrirá el expediente de presentarla para que sea finalmente desechada. Poco vivirá quien no conozca el desenlace de este asunto.

 

Ricardo de la Peña

@ricartur59