En el 2008, cuando se hizo la reforma de mayor calado en el sistema de justicia penal; que consistía primordialmente en establecer la oralidad como el medio de acceso a la justicia, innovando con figuras procesales como; testigo colaborador o protegido, salidas alternas al juicio, soluciones anticipadas al proceso, criterios de oportunidad y la extinción de dominio entre otras.
La idea primordial era hacer efectiva, eficaz e integral el combate a la delincuencia; en el entendido que la investigación podría ser muy activa y combativa; ya que incluso las víctimas en algunos casos podrían hacer más acciones en pro de su interés por buscar una reparación integral del daño, de manera rápida y menos tortuosa y el Estado podría buscan la reivindicación social de la propiedad; por lo que el artículo 22 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, estableció la posibilidad de extinguir el dominio de los bienes que fueran producto, objeto o instrumento para cometer el delito o bien que fueran ganancias del delito o que se mezclaran con bienes de origen lícito; lo cual hacían todo ilícito.
De forma y fondo cada vez que escucho o leo en los medios de comunicación o en redes sociales sobre detenciones de “generadores de violencia” reflexionó sobre cómo vamos con el combate integral a la delincuencia; si poco se sabe de lo que se hace respecto al combate de la economía delincuencial. La experiencia nos dice que el modelo anglosajón es exitoso; derivado del no abuso del discurso del concepto de generadores de violencia y más potente en materia de desarticular los mecanismos de financiamiento de la delincuencia con operaciones simultáneas; las lecciones de cómo el país vecino del norte implementa estas acciones a todos los niveles en el caso más reciente en cooperación internacional con México fue la extinción de dominio de los bienes de Rafael Caro Quintero (el juicio lo ganó la FGR en favor del gobierno de Estados Unidos de América) y en el caso de Nicolás Maduro, antes de su extracción del Palacio de Miraflores; se hicieron todas las incautaciones de cuentas y propiedades; de tal suerte que así se merma la economía criminal; se restituye el Estado Constitucional Democrático y de Derecho.
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Mientras que la política antidrogas es integral en el país vecino del norte, así como en otras latitudes del mundo, en México hay fiscalías estatales que no tienen un Ministerio Público dedicado y especializado en el tema; poco se sabe de la coordinación entre las unidades de inteligencia financiera o patrimonial locales o de la tipificación del delito de operaciones de recursos de procedencia ilícita a nivel local y poco activa la materia en lo federal; un gran reto es generar las capacidades institucionales, y parte del problema es quizá que no se entiende que si los Estados Unidos de América tiene el mercado de mayor consumo de drogas, también para ellos es un negocio que obvio no paga impuestos; por ello las llamadas a misa que está haciendo el presidente Trump, respecto de evidenciar el combate integral incluyendo la economía criminal y la estrategia. Entonces se ha optado por generar exilios de narcotraficantes recluidos en cárceles mexicanas que ya suman 92 en tres paquetes de entrega a cargo del Consejo de Seguridad Nacional que encabeza la presidentA y por lo dicho por el titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; parte de la justificación y argumento de la expulsión de delincuentes nacionales es la capacidad corruptora y de operación de los capos desde las cárceles de México.
Nota al pie de página
La fiscalía de extinción de dominio con mayores números de sentencias en favor del Estado es la de la Ciudad de México, mi reconocimiento a la Fiscal General de Justicia y a la Fiscal en la Materia y todo su equipo; que también es el mío.
