“Dato protegido” es un caso que va más allá de obligar a Karla Estrella Murrieta a disculparse públicamente en la red social “X” por haber incurrido en “violencia política” en contra de una diputada federal perteneciente a la coalición gobernante.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en los expedientes acumulados SUP-REP-401/2024 y SUP-REP-415/2024, resolvió en definitiva dicha sanción por mayoría de votos (la magistrada Mónica Aralí Soto tuvo que ejercer el voto de calidad para superar el empate a dos votos, ante la ausencia del magistrado de la Mata).
La sentencia prioriza el interés de quien ejerce la actividad política en la coalición gobernante por sobre el derecho a la libertad de expresión de una ciudadana. Estas mismas características se están repitiendo con una mayor frecuencia: las autoridades electorales locales y federales, sean administrativas o jurisdiccionales, están actuando en contra de la ciudadanía para inhibir o reprimir expresiones, críticas, información o investigaciones que puedan afectar a la clase política de la coalición dominante.
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Además de Karla Estrella, se agregan los casos de Héctor de Mauleón, Jorge Luis González y Tribuna en Campeche, o los requerimientos a diversos periodistas y medios de comunicación como lo es La Silla Rota para que proporcionen o la fuente o las pruebas de aquello que publiquen.
Apreciadas en conjunto, las acciones de las autoridades electorales se dirigen a la represión de libertades individuales básicas que hacen posible la democracia: de expresión, opinión, prensa. Las acciones se dirigen hacia periodistas particularmente críticos o bien a ciudadanos. Las medidas van desde requerimientos de información, que afectan la reserva de la fuente, el retiro de publicaciones, hasta medidas de censura previa de aquello de puede publicarse.
Las medidas no solamente afectan las condiciones en ejercicio de la opinión y prensa en lo individual sino las condiciones generales y, por tanto, estructurales de la vida democrática. Una primera expresión es la calidad e intensidad del debate democrático. Las acciones tienen como efecto diluir el debate democrático fuerte, que requiere someter a una criba a los políticos. Los políticos requieren ser considerados con un umbral que soporte la crítica y el escrutinio público. Las acciones de las autoridades electorales tienden a crear políticos con piel delicada, alérgicos a cualquier cuestionamiento y con instancias electorales dispuestas a darles protección.
Otro efecto es de carácter institucional. Las autoridades electorales administrativas tienden a desempeñarse como el brazo coactivo para la formación de inmunidades de políticos; las autoridades jurisdiccionales, por su parte, pierden su imparcialidad.
Las señales son alarmantes. Un sistema electoral que se construyó con la idea de garantizar el ejercicio de derechos ciudadanos, se convierte en un sistema de justicia para los políticos y tiende a convertirse en correa de transmisión del partido dominante.
