TEPJF

Simplificar la redacción o ser exhaustivos en las resoluciones judiciales

La exhaustividad en las consideraciones de una sentencia es esencial. | Felipe de la Mata

Escrito en OPINIÓN el

Un elevado número de asuntos para resolver en un corto tiempo[1]; una política de justicia abierta, o escribirlas con lenguaje ciudadano, no son justificaciones válidas para que las personas juzgadoras dejen de cumplir con uno de los principios básicos de toda sentencia. La exhaustividad.

Lograr una impartición de justicia completa y de calidad implica que los jueces expongamos de forma clara todas las razones que sustentan la decisión; evitando una escasa argumentación so pretexto de simplificar la redacción de las sentencias, agilizar su lectura o asegurar la comprensión por las partes o la sociedad.

La exhaustividad en las consideraciones de una sentencia es esencial, pues con ella se garantizan los derechos de los justiciables a tener determinaciones suficientemente fundadas y motivadas, que expliquen todas las razones por las que se llegó a esa decisión.

Hace unas semanas la Sala Superior consideró que al resolver dos procedimientos sancionadores[2] no se cumplió con esta obligación.

¿Cuál fue el contexto?

Se denunció a la senadora en funciones y candidata, Lilly Téllez, por adquisición indebida de tiempos en radio, vulneración a los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda electoral; así como actos anticipados de campaña.

Las quejas sostenían la actualización de las infracciones por la participación reiterada de la senadora en las emisiones del programa “Ciro Gómez Leyva por la Mañana”, transmitidas durante la precampaña y campaña del proceso electoral en el que participaba para su reelección.

Al resolver los procedimientos sancionadores se determinó la adquisición indebida por sobreexposición de la voz y el nombre de la candidata, ante su participación en trece programas; como consecuencia de ello, se tuvo por acreditada la vulneración a la equidad en la contienda electoral.

Lilly Téllez y las concesionarias de radio impugnaron las sentencias ante la Sala Superior aduciendo falta de exhaustividad en el análisis de las infracciones acreditadas.

¿Qué se resolvió en los recursos de revisión?[3]

La Sala Superior del TEPJF le dio la razón a Lilly Téllez y a las concesionarias al estimar la Sala Especializada faltó al su deber de exhaustividad en el análisis, revocó las sentencias y ordenó un nuevo análisis de las conductas.

Sostuvo que las resoluciones impugnadas se apartaron del estudio contextual, integral e individualizado de las participaciones de la senadora; por lo que debía estudiarse el contenido de cada uno de los mensajes realizados, el contexto espacial y temporal en el que se emitieron, así como sus modalidades de difusión, para determinar si constituyen propaganda política o electoral.

Además, señaló que debe demostrarse que los mensajes posicionan a favor o en contra a una candidatura o partido político, sin limitar aquellas expresiones que forman parte del debate.

Finalmente, ordenó analizar las distintas calidades que concurrían en la denunciada como legisladora en funciones y candidata, debiendo valorar la doble naturaleza de las funciones que desarrollaba como senadora, lo cual le permite una mayor interacción con la sociedad y participación en el debate.

Reflexiones

Con estas sentencias, la Sala Superior advirtió la importancia de que se realice un estudio contextual y pormenorizado de las circunstancias que rodean los asuntos, y así cumplir con el principio de exhaustividad en el dictado de las resoluciones.

Para atender esta obligación es importante que los jueces perfeccionen ciertas habilidades en el dictado de sus resoluciones, como: el orden, la precisión, la objetividad, el ser meticuloso, contar con una buena metodología y estructura de estudio, capacidad analítica, pensamiento crítico; y sobre todo, implementar un análisis pormenorizado de los hechos, las circunstancias y las pruebas que rodean cada caso que deben resolver.

Desarrollar todas estas aptitudes generará resoluciones más argumentadas -exhaustivas-, y logrará que cualquier persona entienda las razones que sustentan sus determinaciones -comprensibles-. Con ello se eliminará cualquier sospecha de ambigüedad, arbitrariedad o desigualdad en la interpretación adoptada.

Los jueces tenemos la responsabilidad de generar confianza en los justiciables y en la sociedad, a partir de la exposición clara de los razonamientos emitidos en las sentencias; y de su adecuada publicidad para transparentar el criterio asumido.

El juez, por su parte, se beneficiará de la exhaustividad en sus resoluciones al obtener una mayor legitimidad en su actuar, además de generar una mayor confianza social respecto de su conocimiento del Derecho y el dominio para aplicarlo.

 

Felipe de la Mata

@fdelamatap

 

[1] Con la colaboración de Karem Rojo García.

[2] SRE-PSC-424/2024 y SRE-PSL-38/2024

[3] SUP-REP-983/2024 así como el SUP-REP-997/2024 y acumulados.