Si nos remontamos a la definición más antigua de democracia, la palabra viene de “demos” (pueblo) y de “cratos” (poder o gobierno) y significa el poder o el gobierno del pueblo. La democracia no es solamente el gobierno para y del pueblo, sino también por el pueblo. (1)
Para que el pueblo pueda ejercer ese poder existen diferentes opciones y niveles. Una democracia directa implicaría la participación de la ciudadanía en la toma inmediata de todas las decisiones de gobierno. Se trata de un modelo difícil de implementar para cada decisión pública y las personas se cansarían de participar en cada decisión.
Por ello, en México tenemos una democracia representativa donde la ciudadanía elige a sus “delegados”, diputados y senadores para que decidan las políticas públicas a partir de la aprobación y modificación de leyes y presupuestos. La deliberación entre los representantes populares supone que éstos se comprometen por el interés del pueblo y no por el interés de los partidos políticos que los postulan.
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También hemos llegado a una democracia participativa en la que los ciudadanos deciden directamente sobre algunos temas públicos a través de mecanismos como la consulta popular y la revocación de mandato. La constitución define los casos en los que se aplica cada uno y los restringe a temas específicos.
Nuestra constitución también establece un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que se define como democrática y deliberativa; al inicio de cada sexenio, el nuevo gobierno consulta al pueblo sobre sus aspiraciones y demandas para establecer los programas de desarrollo.
La democracia deliberativa es una de las más avanzadas e implica la participación de la ciudadanía en la toma de las decisiones públicas y los representantes convierten esas decisiones en acciones concretas. La deliberación pública es la mejor forma de construir la voluntad popular.
La democracia deliberativa supone la participación libre e igual de las personas en el proceso de discusión y decisión de asuntos públicos; que no existe coerción; que se maximiza la probabilidad de tomar en cuenta todas las posturas; que no se aísla a las minorías; y que no se actúa bajo la influencia de emociones extraordinarias. (2)
Dado que no existe democracia sin estado de derecho, para la existencia de la democracia deliberativa se requiere de un constitucionalismo donde el gobierno se encuentra limitado; en el que la constitución establece: lo que cada órgano de gobierno puede hacer; el proceso de modificación de la constitución y las leyes; la supremacía de la constitución sobre leyes ordinarias; la separación de poderes; el reconocimiento de derechos individuales; el control judicial de la constitucionalidad; y mecanismos de elección democrática de los órganos de gobierno. (3)
Si bien en México tenemos una democracia constitucional robusta, son pocos los espacios que tenemos los ciudadanos para participar en la deliberación pública. Ninguno de los poderes públicos tiene facultad exclusiva para interpretar la voluntad popular y por ello, es importante encontrar mecanismos para promover la deliberación para modificaciones constitucionales y cambios al sistema político. No basta la decisión en las urnas basada en promesas de campaña; como ciudadanos tenemos derecho y obligación de manifestar opiniones sobre los temas que nos afectan y los órganos de gobierno tienen obligación de establecer mecanismos para incluir todas las posturas en los debates sobre asuntos relevantes.
Solamente a través de la discusión abierta podremos construir acuerdos y dejar atrás la polarización de posturas para encontrar las soluciones que atiendan las demandas del pueblo de México.
(1) NINO, Carlo Santiago; La Constitución de la Democracia Deliberativa; Gedisa, Barcelona, 1997; p.133
(2) Idem; p.192
(3) Idem; p.16