ELECCIONES 2024

Cancelación, sustitución y negativa de registro de candidaturas

La aprobación de candidaturas es el paso previo para el inicio de las campañas electorales. | Luis Espíndola

Escrito en OPINIÓN el

Del 15 al 29 de febrero, el INE realizará el registro de candidaturas para el proceso electoral federal 2023-2024, previa revisión de que cumplan con los requisitos legales.

Las candidaturas para la Presidencia de la República, diputaciones federales y senadurías de representación proporcional serán registradas ante el Consejo General del instituto. Las candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa ante los Consejos Distritales y las senadurías por el mismo principio, ante los Consejos Locales.

Un día después de que el Consejo General apruebe estas candidaturas, comenzarán las campañas electorales.

En el lapso destinado para el registro, los partidos políticos podrán sustituir libremente sus candidaturas, siempre y cuando cumplan con la paridad de género, todo esto de acuerdo con la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

El mismo ordenamiento establece que, cerrado en el registro de candidaturas, si un partido o coalición incumple con la paridad en la postulación, se le requerirá para que haga la sustitución correspondiente en un plazo de 48 horas. De no hacerlo, se le amonestará públicamente y se le darán 24 horas para hacer la sustitución. Si el incumplimiento se mantiene, se le sancionará con la negativa del registro de las candidaturas correspondientes.

La Ley establece a qué precandidaturas o candidaturas a cargos de elección popular se les podrá imponer como sanción la pérdida del derecho del precandidato (a)  infractor (a) a ser registrado (a) como candidato (a) o, en su caso, si ya está hecho el registro, con la cancelación del mismo, ello por violaciones a la normatividad electoral.   

En la misma ley también se precisa que el rebase de tope de gastos de precampaña será sancionado con la cancelación del registro o, en su caso, con la pérdida de la candidatura que se haya obtenido.

En este último supuesto, los partidos conservan su derecho a realizar las sustituciones que procedan. 

Concluido el plazo para el registro de candidaturas, los partidos solo podrán sustituir candidaturas en caso de fallecimiento, inhabilitación, incapacidad o renuncia. Si la renuncia se produce 30 días antes de la elección, la sustitución no podrá realizarse.

El cambio en las boletas solo procederá si aún no están impresas. Los votos contarán para los partidos políticos y  las candidaturas legalmente registradas.

Las candidaturas independientes no podrán ser sustituidas en ninguna etapa del proceso electoral. En el caso de candidaturas independientes al Senado, la ausencia de alguna de las candidaturas propietarias invalida las dos fórmulas.

En el caso de candidaturas a diputaciones se cancelará la fórmula completa si falta el propietario. Si falta el suplente, la fórmula no será invalidada.

La normatividad electoral establece la prohibición de ser registrado (a) en distintos cargos de elección popular en el mismo proceso electoral, es decir, a un cargo federal y simultáneamente para un estado, pero si el registro para el cargo federal ya estuviere hecho, se procederá a la cancelación automática de ese registro.

La omisión de presentar informes de gastos de precampaña también ha motivado la cancelación o negativa de registro de candidaturas.

Mediante el SUP-RAP-108/2021, SUP-RAP-109/2021, SUP-JDC-630/2021, SUP-JDC-650/2021 y SUP-JDC-751/2021 y acumulados, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó el acuerdo INE/CG357/2021, mediante el cual, el INE negó el registro de diversas candidaturas por dicha omisión.

Previamente, la Sala Superior determinó que no existe la presentación extemporánea de estos informes, pues hacerlo hace inviable su revisión o verificación.

La aprobación de candidaturas es el paso previo para el inicio de las campañas electorales en las que quienes hayan cumplido con los requisitos de ley, podrán presentar y contrastar propuestas frente a la ciudadanía con la intención de conseguir su sufragio.

Hasta nuestra próxima entrega.

 

Luis Espíndola

@luisespindolam