LEY ELECTORAL

Criterios para la conformación de partidos políticos nacionales

Los nuevos partidos políticos que sean aprobados podrán competir en 2027. | Carla Humphrey

Escrito en OPINIÓN el

En nuestro sistema democrático los partidos políticos son las instancias más representativas para que, a través de ellos y las personas que designen como sus candidatas accedan al poder público a través de elecciones periódicas basadas en la decisión mayoritaria de las y los ciudadanos.

La legislación electoral establece diversas disposiciones para que, los partidos políticos con registro nacional que no mantengan la representatividad exigida por la norma, pierdan su registro y sean expulsados de la esfera política-electoral.  Entre las razones por las que un partido puede perder su registro están la no participación en un proceso electoral ordinario; que no haya alcanzado el 3% de los votos durante la elección ordinaria para la presidencia de la República, las diputaciones federales o las senadurías; por incumplir, de manera grave y sistemática, las obligaciones que señala la normativa electoral; por declaración de la disolución del partido, o bien, por la fusión de un partido con otro.

La ley electoral también establece la ruta que deben seguir las organizaciones de ciudadanos que pretendan constituirse como partido político nacional para participar en la competencia electoral para alcanzar su incursión en la representatividad legislativa o, bien, en el servicio público.

Entre los requisitos mínimos que deben reunir estas organizaciones están la celebración de asambleas en por lo menos 20 entidades federativas o en 200 de los 300 distritos electorales; que en dichas asambleas participen 3 mil afiliados por entidad federativa o bien, 300 por distrito electoral; que en las asambleas no participen organizaciones gremiales y, bajo ninguna circunstancia, el número total de los militantes de un partido político nacional deberá ser inferior al 0.26% del padrón electoral federal que se haya utilizado en la elección federal ordinaria inmediata anterior.

Consecuentemente, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el pasado 13 de diciembre el Acuerdo por el que expidió el instructivo que deberán observar las organizaciones de la ciudadanía que estén interesadas en constituir un partido político nacional en el periodo comprendido de 2025-2026.

El Acuerdo contiene las obligaciones de las organizaciones interesadas en constituirse como partido político nacional, los plazos que deben observar, así como las responsabilidades para la autoridad electoral nacional.

Entre los aspectos más destacados de este Acuerdo destacan, entre otros los siguientes:

  • Las organizaciones interesadas deben notificar la intención de constituirse como partidos políticos entre el 8 y el 31 de enero del año que entra;
  • La agenda de la celebración de asambleas debe notificarse a más tardar el 15 de enero de 2025;
  • Las asambleas constitutivas nacionales deberán realizarse a más tardar el 25 de febrero de 2026, y
  • La presentación de la solicitud de registro podrá realizarse entre el 2 y el 27 de febrero de 2026.

Asimismo, el Instructivo respectivo, entre otras cosas, determina la continuación del uso de la aplicación móvil para recabar las afiliaciones y, con la modalidad denominada “mi apoyo”, para que las y los ciudadanos interesados puedan auto afiliarse.

Se considera la posibilidad de recabar afiliaciones en papel en 204 municipios catalogados que, de acuerdo con la CONAPO , tienen una muy alta marginación, aunque debería, a mi juicio, también contemplarse a los de alta marginación para sumar poco más de 700 de los más de dos mil municipios del país.

Un aspecto importante que es necesario destacar es la incorporación de una revisión preliminar a las organizaciones interesadas que faciliten el cumplimiento de los requisitos legales.

Finalmente, las organizaciones que cumplan los requisitos exigidos por la legislación electoral podrán competir en el proceso electoral “intermedia” de 2027 en el que se renovarán la Cámara de Diputadas y Diputados.

Deseamos el mayor de los éxitos a las organizaciones que consideren cumplen todos los requisitos legales.

 

Carla Humphrey

@C_Humphrey_J