En un hecho inédito, una jueza federal ordenó la libertad provisional a un grupo de militares que estaba cumpliendo la medida de prisión preventiva justificada, debido a la imputación hecha por el Ministerio Público Federal, quien había solicitado a la jueza se implementara la medida cautelar de la prisión preventiva justificada a causa de los hechos ocurridos entre el 26 y el 27 de septiembre de 2014, en Ayotzinapa, Guerrero; los cuales dieron como resultado la desaparición de 43 estudiantes normalistas. A este personal militar se les fijó el pago de una garantía de 50 mil pesos para que llevarán en libertad su proceso. Ese personal militar actualmente se encontraba recluido en la prisión ubicada en el Campo Militar número 1-A.
Cabe señalar, que es importante que dentro de la teoría del caso sea revisada minuciosamente el modo, tiempo y lugar, ya que hasta el momento no se ha logrado establecer dentro de la mecánica de hechos, cuál fue la participación del citado personal militar y que haya derivado la desaparición forzada, de acuerdo con el siguiente razonamiento:
1. Es necesario revisar principalmente el ámbito de competencia, el cómo fue que las autoridades civiles solicitaron el apoyo, su fundamento y motivación para activar la participación de este personal militar.
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2. Cómo fue la determinación de las órdenes que se giraron y que recibió este personal militar, para cumplir qué acciones, y comprobar si las órdenes fueron verbales o por escrito.
3. Cómo fue la comunicación de los hechos que informó el personal militar conforme a los horarios y lugares donde se presentaron los militares.
4. Establecer qué conducta o acción tomaron los militares en contra de los estudiantes.
5. Indicar si el personal militar realizó algún tipo de detención y si pusieron a disposición a algún estudiante.
6. Establecer si hubo detenciones arbitrarias o abuso de autoridad por parte de los militares.
7. Establecer cuáles fueron los informes que dio el personal militar a su superior jerárquico en sus diferentes escalafones.
8. Establecer si el personal militar condujo a estudiantes hacia algún lugar sin autorización.
9. Establecer si el personal militar entregó a los estudiantes a algún grupo delictivo.
10. Establecer si el personal militar fue testigo de detenciones ilegales (levantones) a estudiantes.
Por lo anterior, estaremos a la expectativa sobre los resultados para que se haga justicia tanto a los familiares como al personal militar.
Por otro lado, en una acción conjunta con personal de la Secretaría de Marina (Semar) y personal operativo de la Fuerza Civil del estado de Nuevo León, fue detenido José Alberto “N” alias “La Kena”, quien salió a la luz debido al secuestro de cuatro ciudadanos de origen estadounidense, donde resultaron dos muertos, un herido y una mujer ilesa, se considera que “La Kena” lideraba una de las células más violentas del Cártel del Golfo.
Esta aprehensión es un objetivo prioritario del gobierno federal, pero es tan solo una de las cabezas del monstruo que conforman las redes criminales en todo México. Se requiere que los gobernadores de cada una de las entidades federativas exijan a sus fiscales perseguir el delito.
Cuando revisamos aspectos como el ejercicio del presupuesto en materia de seguridad, se observa que no se implementan los programas para mejorar sueldos, equipo, armamento, capacitación y adiestramiento. Los elementos policiacos deben contar con las herramientas necesarias para que puedan realizar su trabajo de manera eficaz y que no tengan que estar dando cuota a sus mandos, o tener que pagar por trabajar.
Cuando se comienza con el trabajo inicial de los municipios, es la primer línea de contención para prevenir el delito, para que los delitos de alto impacto sean atendidos por la policía de investigación correspondiente y se puedan esclarecer los hechos, pero la falta de medios para recolectar las evidencias o los elementos materiales probatorios, hace que toda investigación se venga abajo.
Es necesario que los órganos de persecución del delito y los Administradores de justicia logren actuar con mayor profesionalismo, ya que la justicia pronta y expedita se ha convertido en una ilusión para las víctimas. La actuación de los cuerpos de defensores de oficio, ha sido muy deficiente, ya que en su mayoría de las personas que acuden conmigo, me describen la forma en que son atendidos y cómo terminan siendo revictimizados por el sistema.
La campaña negra de Xóchitl
Tal parece que los discursos se han centrado en descalificaciones que denotan una tendencia amarillista. Los grupos delincuenciales operan con tal impunidad en cada entidad federativa, pero la pregunta necesaria es ¿Quién lo permite? ¿por qué existe tanta omisión con las fiscalías estatales? ¿dónde están los mecanismos para el control y seguimiento de las investigaciones? Esto es muy claro, el personal del Ejército mexicano y la Guardia Nacional coadyuvan para mantener el orden de área geográfica afectada, pero quienes son los responsables de investigar son las fiscalías estatales y cuando corresponda a la fiscalía general de la República. Luego entonces, qué sucede con todos estos funcionarios quienes por funciones, atribuciones y facultades no dan los resultados a los ciudadanos, basándose en una estadística sesgada en el número de denuncias, cuando todos los días, nos enfrentamos a los robos y asaltos en todas sus modalidades. Entonces ¿dónde queda la prevención del delito? ¿dónde queda la planeación estratégica de los responsables de la seguridad ciudadana?
Por ejemplo, si pusiéramos el efectivo de un batallón a investigar y perseguir cada foco rojo, no tendríamos problemas. Los diferentes ataques de los grupos criminales actúan en forma de células para mantener control de territorios, así las fuerzas del orden deben buscar que estas células delictivas sean desorganizadas por medio de un constante hostigamiento, de esta manera se puede evitar que operen en áreas donde se presentan los focos rojos. Todo esto mediante esfuerzos coordinados para restaurar el orden en cada una de las poblaciones.
Sin embargo, las acciones se han limitado a realizar patrullajes que no dan como resultado detenciones o neutralización de los criminales, por lo que se convierte en un círculo vicioso del juego del gato y el ratón. Un claro ejemplo de esto son las extorsiones que padecen los campesinos, los empresarios y los desaparecidos. No acabamos de entender que cada entidad federativa tiene su constitución y autonomía como estado confederado y que la intervención del gobierno federal obedece una vez que recibe la solicitud y autorización de la entidad federativa para intervenir,.
¿Qué sucede el día de hoy? La propaganda derechista trata de tergiversar las competencias de los tres niveles de gobierno, quienes deben de cumplir con sus obligaciones acorde al imperio de nuestra Carta Magna. Es demasiado triste ver esas prácticas de política a la mexicana donde los supuestos militantes y simpatizantes solo responden como borregos, en verdad, ¿será que algunos mexicanos no han evolucionado? Será que los mexicanos ¿no pueden pensar?
Yo no veo gente de abajo que manifieste su sentir, no veo al ciudadano de a pie alzando la voz y decir lo que su pensamiento le indique sobre su estado de necesidad, sólo son discursos de formato acartonado o con teleprompter.
Los grandes líderes del mundo usan la verdad, el ejemplo y sobre todo, le dan la oportunidad a las clases populares para que logren evolucionar y superarse. No como estos, que en su momento sólo han nombrado a sus paleros que están de adorno en los cargos.
Por último, se les olvida a quienes critican el cambio de medida cautelar de prisión preventiva oficiosa a elementos militares por la exhibición de una garantía y la presentación periódica ante la autoridad, entre otras, que es un derecho procesal y humano de cualquier persona, que así fue plasmada en la jurisprudencia con número de registro digital 2027539 (PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA. EL ARTÍCULO 167 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES EN LA PORCIÓN QUE LA REGULA ES INCONVENCIONAL, DE CONFORMIDAD CON LA SENTENCIA EMITIDA POR LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS EN EL CASO GARCÍA RODRÍGUEZ Y OTRO VS. MÉXICO.) Esto porque vulnera los artículos 7, numerales 3 y 5, 8, numeral 2 y 24, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, afectando los derechos de libertad y su control judicial, presunción de inocencia y el principio de igualdad y no discriminación, al introducir un trato diferente entre las personas imputadas por determinados delitos.
Se tiene la mala idea, por ignorancia o mala fe, que los elementos militares no tienen esos derechos ¿qué acaso no son seres humanos? Son mexicanos por nacimiento, con todos los derechos y garantías que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos nos confiere a todos, entonces ¿por qué se busca un trato degradante para ellos? ¿por qué se les trata siempre como ciudadanos de segunda? Que quede claro, no han sido declarados inocentes, solo se les concedió el cambio de medida cautelar para continuar su proceso en libertad, como a cualquier ciudadano que es imputado de haber cometido un delito. ¿Por qué violar la presunción de inocencia y condenarlos por un delito por el cual no han sido juzgados? Acaso el llevar su proceso en libertad es un derecho exclusivo de los generales y no de los oficiales y la tropa.
Más allá de sus opiniones personales, a quienes piden respeto a los derechos humanos y al debido proceso, deben siempre exigirlos y no solo cuando les conviene a sus intereses. No se olvide que un juez federal absolvió a Sidronio Casarrubias Salgado, presunto líder del grupo criminal Guerreros Unidos, por el delito de delincuencia organizada, ya que la Fiscalía General de la República (FGR) no demostró la existencia de esa organización delictiva a la que se le acusó de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, ya que se declararon ilegales todos los actos de investigación y confesiones rendidas ante el Ministerio Público por actos de tortura, que nunca se nos olvide eso.