La violencia registrada este fin de semana en el estado de Guanajuato es imparable, ya que el homicidio artero de 11 jóvenes en Salvatierra, Guanajuato, viene precedido del homicidio de 4 personas en una barbería de Salamanca, Guanajuato, con una diferencia de ocho horas.
Solo en este año han existido 22 masacres en este estado, debemos recordar que apenas este año el gobierno de Guanajuato anunció por medio de la Secretaría de Seguridad Pública estatal un incremento del 20% de inversión en materia de seguridad estatal, lo cual significa un gasto superior a 11 mil millones de pesos, destinados al fortalecimiento de la Seguridad. Asimismo, se presume la construcción de la nueva academia para la policía estatal, y un incremento salarial del 70% a los elementos de seguridad pública. De acuerdo con esta información serían los policías mejor pagados de toda la Republica Mexicana.
Dentro de las políticas aplicadas se presume el programa estatal para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, lo que en apariencia sería una solución a la problemática de inseguridad que vive el estado de Guanajuato, pero que más allá del discurso no hay resultados. Se ha convertido en uno de los estados más violentos de todo el país.
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Es importante recordar que el congreso del estado de Guanajuato, rechazó el uso de las Fuerzas Armadas en tareas de Seguridad Pública en noviembre de 2022, aún así las Fuerzas Armadas continúan realizando trabajos de apoyo y coadyuvancia en la seguridad pública, lo que se traduce en la negativa del congreso estatal en que la Guardia Nacional realice apoyo y coadyuvancia en funciones de seguridad pública en esa entidad federativa. Esto contrasta con las peticiones que han realizado algunos municipios como el de Irapuato, que solicitó el apoyo de la Guardia Nacional al considerar que las autoridades estatales han sido rebasadas.
Es importante señalar que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala claramente en su artículo 21 que la Seguridad Pública es una función a cargo de la federación, los estados y los municipios, que comprende la prevención de los delitos, la investigación y persecución, señalando que las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, el ministerio público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir con los objetivos de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Queda claro que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos da las facultades para que los municipios y los estados de la República tengan sus propias instituciones de seguridad pública. De igual manera las constituciones locales lo señalan, coordinándose como lo señala la ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública, por lo que la duda de muchos ciudadanos es: ¿a quién corresponde prevenir los delitos? ¿Cuándo estamos ante la presencia de un delito del orden federal o del fuero común? ¿Qué autoridad es responsable por la prevención de esos delitos?
Existe una idea equivocada que si se comete un delito por un grupo criminal, que se pueda considerar como delincuencia organizada, entonces solo la autoridad federal debe prevenir, investigar y solucionar esos delitos, lo cual es completamente equivocado.
La función principal de la seguridad pública es prevenir la realización de los delitos, por lo que no puede el policía determinar qué tipo de delito se está cometiendo, si es del fuero común o del orden federal, las cosas no funcionan así.
En ese sentido y orden de ideas cualquier policía podría decidir no participar en la prevención de cualquier delito si hay un arma de fuego, ya que podría considerarse que la misma es violatoria de una ley federal, como la ley federal de explosivos y armas de fuego, y de esa forma justificar su inacción por no ser del ámbito de su competencia. En la realidad, la policía debe prevenir un hecho con apariencia de delito y ponerlo a disposición del órgano investigador y que el Ministerio Público sea quien determine si es competencia del fuero común o federal para llevar la imputación ante un juez, quien a su vez calificara si dicha imputación es acorde a un delito del fuero común o federal. Así, se declinará competencia en caso de no ser del ámbito de su jurisdicción, pero se pasaría al ámbito de la seguridad pública, a la investigación de un delito y a juzgar ese hecho.
La función policial es la encargada de la prevención de los delitos, pero al ser consumados existe la persecución de éstos, los cuales son investigados por el ministerio publico con apoyo de la policía, como lo establece el artículo 21 constitucional. En los códigos penales estatales se señala claramente que los delitos de homicidio, secuestro extorsión son facultad de las fiscalías estatales investigarlos, a menos que consideren no sean delitos del ámbito de su competencia o que la Fiscalía General de la República (FGR) utilice la facultad de atracción al considerar la importancia de la investigación o ser considerada como un delito del orden federal.
Así, quienes tratan de justificar el hecho de que las autoridades del estado de Guanajuato no son responsables de los hechos violentos que se cometen en esa entidad federativa, no sólo desconocen de las leyes, sino que también lo hacen con el afán político de eximir de responsabilidad a las autoridades del estado y desviar la atención hacia la federación. Las autoridades locales saben que si no tienen la capacidad para prevenir e investigar los delitos pueden solicitar el apoyo del gobierno federal, pero que en este caso en particular es más que claro que existe una politización del tema, donde la autoridad local no quiere aceptar que es incapaz de brindar seguridad pública a los gobernados de su estado y prefiere simular hacer trabajo de prevención e investigación, antes de solicitar el apoyo del gobierno federal.