A 4 años y 6 meses de iniciada la reforma laboral del primero de mayo de 2019, podemos afirmar que ésta ha resultado un fracaso para lograr una contratación colectiva plena, ante la extinción de 108 mil 480 contratos colectivos de protección, al quedar legitimados únicamente 30 mil 520, a reserva de 10 que siguen “En trámite de legitimación”.
Ahora resulta una verdadera hazaña lograr obtener un contrato colectivo de trabajo por primera vez (llamado inicial), ya que la absoluta mayoría de las solicitudes que han hecho los sindicatos no han logrado su cometido por diversas razones.
Los despidos, amenazas, compra de voluntades, trabas y lentitud para obtener una constancia de representatividad, y después las negociaciones interminables con las empresas para celebrar un contrato colectivo de trabajo que desalienta a los trabajadores, encabezan las razones por las que la reforma laboral ha bloqueado la oportunidad de una nueva contratación colectiva.
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El 11 de octubre del 2023, por medio del oficio CFCRL/CGRCC-44.1/0542/2023 el Licenciado Omar Josuhe Linares García, Subdirector y Enlace de Transparencia del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, en respuesta a la solicitud de información pública número 332589723000991 (Consultable en: https://asesoriadetrabajadoresysindicatosceaj.com/otros-doctos-importantes/) dio datos importantes de la realidad en la contratación colectiva inicial en nuestro país.
De acuerdo con la información oficial del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCyRL), de 12 mil 833 solicitudes de Constancias de Representatividad realizadas por sindicatos desde diciembre de 2020, únicamente 873 peticionarios alcanzaron la firma de un contrato colectivo inicial.
Las propias cifras oficiales revelan que tan solo el seis punto ochenta por ciento (6.80%) del total de las 12 mil 833 solicitudes alcanzaron la firma de Contratos Colectivos de Trabajo iniciales.
Del mismo modo, el Centro Federal agrega:
El número tan reducido de Contratos Colectivos de Trabajo iniciales, desde el comienzo de la reforma laboral no se debe a la ineficiencia del CFCyRL, sino a la estructura pro patronal de la legislación que ha impuesto barreras en ocasiones inalcanzables para que los trabajadores puedan obtener un Contrato Colectivo y así lograr una mejora en sus condiciones laborales y salariales.
Dentro de estas barreras se encuentran:
I. Reunir al menos el 30% de los trabajadores que puedan estar sujetos al Contrato Colectivo de Trabajo.
II. Al recabarse la anuencia de los trabajadores para respaldar la solicitud de Constancia de Representatividad, se les requiere indicar nombre completo, CURP, fecha de ingreso y plasmar su firma, incluso con tinta azul. Esto facilita al patrón identificar a los promotores para propiciar amenazas y despidos.
III. La Plataforma del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral además pide un listado adicional en formato Excel.
IV. Al no existir un plazo por parte del Centro Federal para acordar sobre la petición de Constancia de Representatividad, éste se puede prolongar de manera indefinida.
Pasan días para que acuse de recibido la autoridad laboral, y de dos meses o más para que emitan el “Aviso de Solicitud de Constancia de Representatividad”, del cual sin estar previsto en la ley, solicitan evidencias fotográficas de su publicación.
V. El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral tiene que solicitar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) si los solicitantes son trabajadores del lugar de trabajo o no.
VI. Una vez que los sindicatos obtienen la ansiada Constancia de Representatividad, que de acuerdo con cifras oficiales solamente la alcanzaron 4,535 que representa apenas el 35.34%, se puede iniciar el proceso de negociación.
VII. Al lograr la Constancia de Representatividad tienen una vida de 6 meses para conseguir que el patrón firme un Contrato Colectivo de Trabajo, de los cuales generalmente hay una negativa constante para que su vigencia concluya.
VIII. Normalmente, las empresas hacen lo posible para alargar las negociaciones por meses para que los trabajadores desistan de su empeño de lograr un Contrato Colectivo de Trabajo que mejore sus condiciones laborales.
IX. Si durante la negociación la Constancia de Representatividad perdió la vigencia, el Sindicato deberá volver a atravesar de nuevo todo este viacrucis.
X. Ello, con el agravante, de que los trabajadores iniciales no firmen el nuevo trámite por las amenazas y despidos sufridos en el camino.
Derivado de todas estas barreras, de 12 mil 833 solicitudes de Constancias de Representatividad, no se consiguieron celebrar 11 mil 960 Contratos Colectivos de Trabajo, lo que representa el 93.19%, todo un triunfo patronal.
Por la parte obrera no hay nada que celebrar.