INTELIGENCIA ARTIFICIAL

La regulación de la Inteligencia Artificial en México

La regulación de la inteligencia artificial en México parece inexistente; en comparación, al menos desde el 2020, la Unión Europea se ha dado a la tarea de elaborar una ley al respecto. | Ernesto Cruz Ruiz

Escrito en OPINIÓN el

Múnich, Alemania, 11 de mayo de 2024. La regulación de la inteligencia artificial (IA) en México parece inexistente. En comparación, al menos desde el 2020, la Unión Europea (UE) se ha dado a la tarea de elaborar una ley al respecto. Por su parte, entre otros países, Estados Unidos y China también han hecho lo mismo. En el escenario internacional, dichas leyes han sido ampliamente discutidas, en parte, debido al rápido desarrollo de aplicaciones de inteligencia artificial como ChatGPT. Sin embargo, que México no tenga aún una ley al respecto es decepcionante, pues nuestro país es una de las principales economías del mundo. Además, esa inexistencia denota mucho acerca de la visión de nuestra economía en el presente y el futuro. 

Diferentes visiones de la IA

En el caso de la UE, la Ley de Inteligencia Artificial (Ley de IA, en el mundo anglosajón conocida como AI Act) está a punto de entrar en vigor y marcar un hito en la historia tecnológica. La regulación Europea representa una forma muy particular de legislar esta tecnología si se compara con las versiones de Estados Unidos o China. Aunque estas tres leyes regulan la misma tecnología, las tres representan diferentes formas de ver el mundo y esta tecnología. En este sentido, que México no tenga una regulación y quizás tome como modelo alguna de las mayores regulaciones, plantea la pregunta acerca de la visión que adoptamos y si es que aplica al contexto nacional del presente y del futuro.

La visión europea

La actual propuesta Europea tiene como objetivo establecer regulaciones básicas para el desarrollo y uso seguro de la IA. En general, esta ley regula el software que puede crear, entre otros, contenidos, predicciones y recomendaciones. Por lo tanto, se regulan algoritmos que emulan actividades humanas como lo es el pensamiento lógico, la toma de decisiones, el aprendizaje, la planificación y la creación.

En particular, la legislación Europea tiene cuatro objetivos específicos en lo que se refiere a la IA: (1) la protección de los derechos y valores fundamentales existentes, (2) garantizar la seguridad jurídica, (3) mejorar la gobernanza en la Unión Europea, y (4) facilitar el desarrollo del mercado único Europeo. Además, quizás la característica principal de la ley europea es la clasificación de los riesgos relacionados con la IA: (1) inaceptable, (2) alto y (3) bajo o mínimo. Este enfoque orientado al riesgo fue propuesto para aprovechar las ventajas de los sistemas de IA y evitar consecuencias indeseables.

En este entendido, la IA es clasificada como riesgo inaceptable cuando esta pone en peligro derechos fundamentales de los ciudadanos, por ejemplo, la no discriminación. Si los riesgos son inaceptables, el proyecto de ley prohíbe el uso de sistemas de inteligencia artificial. Ejemplos de riesgo alto incluyen el uso de IA en infraestructuras críticas, aplicación de la ley o educación. Por lo anterior, la IA de alto riesgo debe someterse a una evaluación de riesgos realizada por un ser humano antes de su lanzamiento al mercado y durante su vida útil. Finalmente, las IAs clasificadas como de bajo riesgo son permitidas, pero estas deben de informar a los usuarios sobre su interacción con la IA y evitar la utilización de datos personales (por ejemplo, un chatbot que use IA).

¿La visión mexicana?

Ciertamente, la Ley Europea de IA no es la primera ni es la única en el mundo. Pero sí es una de las más ambiciosas y ampliamente discutidas en el mundo. Esto sorprende, pues un simple vistazo hacia el mercado tecnológico mundial revela que la UE no es la cuna de las mayores empresas tecnológicas. Sin embargo, que la UE haya invertido recursos de todo tipo para tener una Ley de IA subraya sus intenciones para desarrollar el sector tecnológico europeo y exportar su visión de la IA

¿Y cuál es la visión de México? Al parecer no hay una al momento. Las explicaciones de esa inexistencia pueden ser diversas. Por ejemplo, nuestros legisladores quizás consideren que el sector tecnológico es nimio en nuestro país, o quizás esperen aprender de otras legislaciones. Al final, sea cual fuere la razón, seguro será que nuestra legislación reflejará ideas extranjeras, quizás no completamente, pero la visión mexicana será mínima. 

Ernesto Cruz Ruiz

@ecremx