TRÁFICO AÉREO

Aeropuertos con saturación deberán ajustar horarios de aterrizaje y despegue: SICT

La secretaría informó que las reglas aplican a todas las terminales que hayan sido declaradas en condición de saturación, ya sea por limitaciones en su campo aéreo o en su capacidad de atención de pasajeros

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La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) dio a conocer este martes las “Bases generales para la asignación de horarios de aterrizaje y despegue en aeropuertos en condiciones de saturación”, con el propósito de mejorar la eficiencia y seguridad en las operaciones aéreas.

El documento, elaborado por la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), establece criterios precisos para administrar los horarios de vuelos en terminales aéreas con alta demanda, y de acuerdo con la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las disposiciones entrarán en vigor a partir de este miércoles 15 de octubre.

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“Se busca lograr una eficiencia óptima en el uso de la infraestructura aeroportuaria, con el propósito de incrementar al máximo los beneficios para la mayor cantidad posible de usuarios, garantizando la seguridad operacional y la continuidad de las operaciones aéreas”, indicó la dependencia federal. 

Las nuevas bases disponen que los horarios de aterrizaje y despegue serán asignados únicamente a las personas transportistas aéreas que los soliciten por temporada, considerando la capacidad real del aeropuerto tanto en pistas como en edificios terminales.

“La cantidad de horarios asignados no debe exceder la capacidad de operaciones por hora del aeropuerto, ni la capacidad de pasajeros que puedan ser atendidos por el edificio terminal”, precisa la SICT.

Asimismo, las administraciones aeroportuarias deberán realizar la asignación con base en las recomendaciones del Comité de Operación y Horarios, los reportes de la persona coordinadora de horarios y las determinaciones del subcomité de demoras.

Contexto: Las modificaciones son parte de los esfuerzos de la autoridad por reducir la congestión en terminales con alta demanda, como el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), y mejorar la coordinación operativa entre aerolíneas y administradores aeroportuarios.

Obligaciones para aerolíneas y aeropuertos

El documento publicado en el DOF también refiere que las aerolíneas solo podrán conservar los horarios que efectivamente pretendan operar, ceder o intercambiar, en caso contrario, estarán obligadas a devolver los horarios no utilizados dentro del plazo que establezca la administradora aeroportuaria.

Por su parte, las administraciones de aeropuertos declarados en condición de saturación deberán modificar sus reglas de operación en un plazo máximo de 15 días hábiles tras la entrada en vigor de estas bases, y someterlas a autorización de la AFAC.

Reglas aplican a terminales saturadas

Aunque el documento no menciona aeropuertos específicos, las reglas aplican a todas las terminales que hayan sido declaradas en condición de saturación, ya sea por limitaciones en su campo aéreo o en su capacidad de atención de pasajeros.

La SICT y la AFAC destacan que estas medidas buscan mantener la seguridad operacional y la continuidad del servicio aéreo, evitando sobrecargas que puedan afectar tanto a usuarios como a operadores.