JUSTICIA AL FINAL DEL TÚNEL

No más ascensos fantasma: el salario debe seguir al trabajo, determina tribunal

Hacer las funciones de un puesto superior sin recibir el sueldo correspondiente ya tiene una respuesta en los tribunales; un nuevo criterio judicial ordena pagar las diferencias salariales de forma retroactiva cuando el trabajo realmente desempeñado no coincide con el salario recibido

No más ascensos fantasma: el salario debe seguir al trabajo, determina tribunal
No más ascensos fantasma: el salario debe seguir al trabajo, determina tribunalCréditos: Imagen creada con IA | Ilustrativa
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Hay historias que se repiten en oficinas, fábricas y empresas de todo el país. Un día alguien recibe nuevas responsabilidades, comienza a coordinar personal, toma decisiones que antes correspondían a un jefe y responde por un área completa. El nombramiento oficial nunca llega. El aumento de sueldo tampoco.

Ese escenario dio origen a un caso que ahora marca un precedente. Una persona trabajadora de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) desempeñó de manera continua las funciones de un puesto superior como encargada del despacho, pero continuó con el salario de su cargo anterior. Cuando reclamó el pago de las diferencias salariales, la autoridad laboral rechazó su petición.

La historia no terminó ahí. La persona promovió un amparo directo y el asunto llegó al Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, que revisó el caso desde una perspectiva distinta.

El tribunal concluyó que lo determinante no era el nombramiento, sino el trabajo que realmente realizó la persona. Por ello resolvió que tenía derecho a recibir las diferencias salariales correspondientes durante todo el tiempo en que desempeñó ese cargo.

El trabajo pesa más que el nombramiento

La resolución quedó plasmada en la tesis aislada I.4o.T.9 L (12a.), publicada el 3 de julio de 2026 en el Semanario Judicial de la Federación. El criterio establece que quien desempeñe de manera efectiva, habitual y continua las funciones de un puesto mejor remunerado tiene derecho a cobrar el salario correspondiente, aunque la empresa nunca formalice el nombramiento.

El tribunal sustentó su decisión en el artículo 123 de la Constitución, que reconoce el principio de igualdad salarial: a trabajo igual corresponde salario igual. En otras palabras, las funciones que una persona realiza todos los días deben reflejarse en su remuneración.

La resolución también precisa que la empresa no puede utilizar la falta de un nombramiento definitivo para pagar menos por un trabajo que sí recibió. De acuerdo con el criterio judicial, permitir esa práctica afectaría los derechos laborales de la persona trabajadora.

Además, el pago debe cubrir todo el periodo en que la persona ejerció esas funciones. Incluso si aceptó inicialmente el encargo sin un aumento salarial, conserva el derecho a reclamar las diferencias económicas, ya que los derechos laborales no admiten renuncia.

Contexto: una práctica que llega a los tribunales

Aunque no existe un registro oficial para este tipo de casos en México, las reclamaciones por diferencias salariales y modificaciones unilaterales de las condiciones de trabajo forman parte de los conflictos que con frecuencia llegan a las autoridades laborales.

El INEGI reportó más de 104 mil conflictos laborales en un año. Entre ellos aparecen casos relacionados con diferencias salariales, incumplimientos contractuales y cambios en las condiciones de trabajo que las personas trabajadoras consideran contrarios a la ley.

La Ley Federal del Trabajo establece que el salario debe guardar proporción con la cantidad y la calidad del trabajo. Cuando las responsabilidades cambian de manera sustancial, la legislación contempla mecanismos para reclamar el cumplimiento de esos derechos.

Especialistas en derecho laboral también identifican como una práctica recurrente la asignación temporal de puestos de mayor responsabilidad sin que exista una actualización del salario o del nombramiento formal.

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Una respuesta para casos similares

El caso nació con la inconformidad de una persona trabajadora de la CFE, pero el alcance del criterio rebasa ese conflicto. La tesis ofrece una referencia para resolver asuntos similares cuando una persona acredita que desempeñó de forma continua las funciones de un puesto mejor pagado.

El mensaje central de la resolución resulta claro: el salario no depende únicamente del documento que describe un puesto, sino del trabajo que una persona realiza en los hechos todos los días.

Para quienes alguna vez recibieron el escritorio, las decisiones y las responsabilidades de un cargo superior, pero nunca el sueldo correspondiente, este criterio judicial marca una ruta para exigir que el trabajo efectivamente realizado también reciba la remuneración que le corresponde.

En esta ocasión, la diferencia entre el puesto escrito en un papel y el trabajo que realmente se desempeñó encontró una respuesta en los tribunales. La resolución convirtió una práctica cotidiana en un derecho exigible y dejó claro que asumir mayores responsabilidades no debe traducirse en trabajar por menos de lo que corresponde.

Puedes revisar la tesis en el Semanario Judicial de la Federación.

VGB