Un hombre en situación de calle pasó más de una década en prisión sin recibir sentencia. Su caso inició en 2012 en Oaxaca, tras una detención que marcó el inicio de un proceso prolongado. Durante ese tiempo, permaneció privado de la libertad sin una resolución definitiva.
El día de su detención, agentes lo interceptaron mientras se trasladaba con su familia. No informaron el motivo ni el destino al que lo llevaron. Sus familiares iniciaron su búsqueda en instalaciones oficiales sin obtener respuesta inmediata.
Su localización ocurrió cuando personal judicial acudió a oficinas del Ministerio Público. En ese sitio se registraron lesiones visibles en su cuerpo. Un informe médico integró estos datos al expediente.
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Las autoridades lo señalaron por posesión de marihuana con fines de venta. El detenido negó esa acusación y denunció actos de violencia durante su detención.
Detención y cambio de acusaciones
Tras la detención inicial, las autoridades informaron que podía continuar su proceso en libertad mediante el pago de una garantía, debido a la acusación por posesión de droga. El hombre accedió a esa posibilidad conforme a lo establecido en la ley.
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Días después, el proceso cambió de rumbo. Tras una primera imputación por droga, el hombre enfrentó una nueva acusación por un delito distinto. Esa decisión mantuvo su permanencia en prisión.
Años más tarde, la autoridad ministerial descartó la acusación inicial al no sostenerse con pruebas. Sin embargo, el proceso principal continuó bajo prisión preventiva.
El caso no alcanzó sentencia durante años. El hombre permaneció en el penal de Tanivet mientras el proceso seguía sin resolución.
Su defensa promovió recursos legales ante la falta de avance.
El caso llega a instancias internacionales
En 2018, el expediente llegó al Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU. Este organismo revisó la información disponible y emitió una opinión sobre el caso.
El grupo concluyó que la detención no cumplía con criterios legales y señaló posibles actos de tortura. También solicitó medidas para atender la situación del detenido.
Las autoridades mexicanas no aplicaron de forma directa esa recomendación. El proceso continuó dentro del sistema judicial nacional.
El caso permaneció activo sin cambios sustanciales durante ese periodo.
La revisión en la Corte
El expediente llegó a la Suprema Corte mediante un recurso de amparo en revisión. El tribunal analizó el alcance de las opiniones emitidas por organismos internacionales.
El 20 de enero de 2026, la Corte resolvió que las autoridades deben analizar estos pronunciamientos de forma justificada. Indicó que no pueden ignorarlos sin explicar sus razones.
La resolución estableció que estos criterios deben integrarse en las decisiones judiciales. También revocó una determinación previa que había cerrado el caso.
El análisis incluyó las condiciones en las que ocurrió la detención.
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Órdenes para reparar el daño
La Corte instruyó reconocer al hombre como víctima dentro del marco legal. También ordenó evaluar una reparación integral por el tiempo que permaneció en prisión.
El fallo incluyó la investigación de posibles actos de tortura durante la detención. Las autoridades deberán determinar responsabilidades conforme a la ley.
Además, el Poder Judicial local revisará las pruebas del proceso para definir su validez. Esta revisión considera el origen de los elementos presentados.
Las instituciones de atención a víctimas deberán dar seguimiento a estas medidas.
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Un precedente en el sistema judicial
La resolución fija criterios sobre el uso de opiniones internacionales en México. Las autoridades deberán justificar cualquier decisión de no aplicarlas.
El caso también refleja el impacto de la prisión prolongada sin sentencia. Este tipo de procesos forma parte del análisis en materia de derechos humanos.
El expediente continuará en instancias correspondientes para cumplir con lo ordenado. Las decisiones futuras dependerán de las investigaciones en curso.
El caso establece una referencia para situaciones similares dentro del sistema judicial mexicano.
VGB
