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La SCJN atrae de nuevo el caso Aburto por asesinato de Colosio

La ministra Sara Irene Herrerías Guerra manifestó su impedimento para intervenir, al señalar que durante casi nueve años fue titular de la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos de la FGR

Ningún familiar del excandidato presidencial acudió ante la autoridad judicial
Ningún familiar del excandidato presidencial acudió ante la autoridad judicialCréditos: Especial
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió volver a atraer el caso de Mario Aburto Martínez para resolver de manera definitiva si fue correcto el marco legal aplicado en la sentencia de 45 años de prisión que recibió por el asesinato de Luis Donaldo Colosio Murrieta en 1994, al tratarse de un magnicidio. La determinación del máximo tribunal podría derivar en su liberación o en la confirmación de la condena.

Con seis votos a favor y dos en contra, y luego de que la ministra Sara Irene Herrerías Guerra se declarara impedida para conocer del asunto, el Pleno acordó ejercer su facultad de atracción sobre el amparo directo 104/2021, a solicitud de la Fiscalía General de la República (FGR). En contra votaron las ministras María Estela Ríos González y Yasmín Esquivel Mossa.

La Corte analizará ahora cuál es el parámetro jurídico correcto para evaluar un procedimiento penal por magnicidio bajo el sistema penal tradicional, con el objetivo de garantizar tanto los derechos del sentenciado como los de la víctima y sus familiares.

El caso fue reactivado en 2023, cuando un tribunal colegiado concedió un amparo a Mario Aburto y anuló la sentencia dictada en 1994. En esa resolución se ordenó emitir un nuevo fallo con base en el Código Penal de Baja California, que establecía una pena máxima de 30 años de prisión, y no en el Código Penal Federal, bajo el cual fue condenado originalmente. Dado que Aburto ya habría cumplido ese máximo, la decisión abría la puerta a su liberación.

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La FGR impugnó esa determinación y llevó el caso ante la Suprema Corte. En octubre de 2024, la entonces Primera Sala dejó sin efectos el amparo, pero no se pronunció sobre el fondo del asunto. En su lugar, ordenó al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito reponer el procedimiento, incluyendo la notificación a las víctimas indirectas, es decir, a los familiares de Colosio Murrieta, y la realización de las diligencias necesarias para emitir una nueva resolución.

Sin embargo, ningún familiar del excandidato presidencial acudió ante la autoridad judicial. Aun así, el tribunal colegiado tenía programado resolver el amparo el 9 de diciembre. La sesión no se llevó a cabo, ya que ese mismo día el ministro presidente, Hugo Aguilar, admitió la solicitud de atracción promovida por la FGR y ordenó al tribunal abstenerse de emitir fallo mientras la Suprema Corte decidía si asumía el caso.

Especial

Previo a la votación, la ministra Sara Irene Herrerías Guerra manifestó su impedimento para intervenir, al señalar que durante casi nueve años fue titular de la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos de la FGR, área que tuvo a su cargo la investigación penal relacionada con el homicidio de Colosio, a través de fiscalías especializadas en delitos sociales y políticos del pasado.

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Aunque reconoció la autonomía de los agentes del Ministerio Público, subrayó que el Estatuto Orgánico de la Fiscalía atribuye a sus titulares funciones de dirección y coordinación, por lo que, por razones de ética e imparcialidad judicial, solicitó excusarse formalmente. Su impedimento fue aprobado por unanimidad.

LSHV