LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Escala acoso judicial contra Vanguardia, alerta ARTICULO 19

ARTICULO 19 ha expresado su profunda preocupación por la utilización de procesos judiciales y ministeriales contra medios y periodistas; de acuerdo con la misma organización, el uso reiterado de recursos legales en distintas entidades configura un patrón de hostigamiento judicial

Artículo 19 se ha pronunciado en distintas ocasiones con respecto al tema
El medio Vanguardia y si director general han sido los protagonistas de esta persecución.Artículo 19 se ha pronunciado en distintas ocasiones con respecto al temaCréditos: Cuartoscuro
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El acoso judicial contra el medio Vanguardia y su director, Armando Castilla Galindo, ha escalado a otras entidades del país mediante procesos penales y mercantiles que organizaciones de derechos humanos califican como mecanismos de presión y represalia por su labor periodística, así lo advirtió ARTICULO 19 México y Centroamérica.

La misma organización en defensa de la libertad de expresión señaló que la detención de Armando Castilla Galindo, ocurrida el 9 de enero de 2026, se derivó de una orden de aprehensión emitida por un Juez de Control a solicitud de la Fiscalía General del Estado de Nuevo León (FGE Nuevo León); al mismo tiempo documentó que esta acción forma parte de un entramado de procesos judiciales presuntamente vinculados con represalias por publicaciones periodísticas de Vanguardia sobre la detención del exgobernador de Coahuila, Humberto Moreira, en España en 2016.

De acuerdo con ARTICULO 19, el uso reiterado de recursos legales en distintas entidades configura un patrón de hostigamiento judicial que pone en riesgo la libertad de expresión y el derecho de la sociedad a estar informada.

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Antecedentes del hostigamiento legal al medio

Contexto: En 2016, Vanguardia informó sobre la detención de Humberto Moreira en el aeropuerto Adolfo Suárez de Madrid. El exmandatario fue investigado en España por blanqueo de capitales y presuntos vínculos con la delincuencia organizada, hechos de evidente interés público.

Tras esas publicaciones, el medio enfrentó una serie de acciones judiciales. Entre las más graves, ARTICULO 19 destacó un juicio mercantil iniciado en Coahuila que contempla el embargo del medio y su posterior adjudicación. Este proceso, marcado por irregularidades y contradicciones, fue atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en noviembre de 2025.

Un mes después, en diciembre de 2025, una persona emparentada con el exgobernador presentó una querella por presunto fraude ante la FGE Nuevo León, cuyos datos permanecen reservados por la estrategia jurídica de la defensa del medio.

ARTICULO 19 tuvo acceso a la denuncia presentada ante la FGE Nuevo León y advirtió que se basa en hechos inverosímiles, carece de requisitos de procedibilidad y no cuenta con documentos base. La acusación se apoya únicamente en el testimonio de un notario con vínculos laborales con el exgobernador de Coahuila. Pese a estas deficiencias, la Fiscalía solicitó y obtuvo una orden de aprehensión contra el director del medio.

El 10 de enero de 2026, un día después de su detención, Armando Castilla Galindo fue puesto en libertad luego de que su defensa acreditara la insuficiencia de pruebas y demostrara que, al momento en que supuestamente ocurrieron los hechos, se encontraba fuera del país.

Archivo LSR

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Riesgo de escalamiento y efectos intimidatorios

En entrevista con ARTICULO 19, Castilla Galindo expresó su temor a un escalamiento del asedio judicial, incluida la posible fabricación de nuevos delitos para desprestigiarlo, afectar financieramente a Vanguardia o extender las represalias a su familia. El periodista señaló que las redes de influencia política del exgobernador continúan operando en distintas entidades, entre ellas Nuevo León. Asimismo, denunció haber recibido, a través de familiares, mensajes con amenazas implícitas de nuevas acciones legales.

“Si no hubiera logrado salir, ya me habrían acusado de otros delitos que no comet??”, afirmó.

ARTICULO 19 identificó violaciones graves a la debida diligencia y al principio de objetividad, consagrado en el artículo 20, apartado A, de la Constitución, en el artículo 8.2.c de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en los artículos 128 y 129 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Estas normas obligan al Ministerio Público a conducir investigaciones objetivas, exhaustivas e imparciales.

Para la organización, el uso del sistema penal en estas condiciones refuerza la hipótesis de un uso indebido del derecho penal con fines de intimidación, incompatible con los estándares nacionales e internacionales de libertad de expresión.

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Preocupación por la libertad de prensa en México

ARTICULO 19 expresó su profunda preocupación por la utilización de procesos judiciales y ministeriales contra medios y periodistas como una práctica destinada a silenciar, inhibir y fomentar la autocensura. En el caso de Vanguardia, subrayó, las acciones constituyen una represalia directa por la difusión de información de alto interés público sobre un exfuncionario de alto nivel. Ante este escenario, ARTICULO 19:

  • Llamó a la Visitaduría General de la FGE Nuevo León a realizar una investigación interna exhaustiva para determinar la responsabilidad de los agentes del Ministerio Público que integraron la carpeta, solicitaron la orden de aprehensión y promovieron la vinculación a proceso, verificando el cumplimiento de los principios de objetividad y debida diligencia.
  • Solicitó al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas analizar el contexto de riesgo del medio Vanguardia y de Armando Castilla Galindo, y otorgar medidas de protección adecuadas, eficaces e integrales frente al acoso judicial reiterado.
Archivo LSR

AJA