Un tribunal colegiado amparó a una mujer trabajadora del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) que fue despedida de su empleo por abandonar su puesto para atender a su hijo recién nacido, quien requería lactancia materna exclusiva debido a una alergia severa a la leche de vaca, por lo que ordenó su restitución.
El Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito determinó que procede el amparo indirecto contra el acuerdo de inicio de un procedimiento administrativo que resulte en la separación del cargo de una persona servidora pública en periodo de lactancia. Este criterio se derivó del análisis de un caso en el que una mujer, empleada del ISSSTE, fue cesada tras dejar su trabajo para atender a su hijo recién nacido, quien requería lactancia materna exclusiva.
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El caso inició cuando el ISSSTE diagnosticó a un menor de tres meses de edad con alergia a la leche de vaca, lo que obligaba a su madre a proporcionarle lactancia materna exclusiva bajo vigilancia las 24 horas del día. Debido a esta circunstancia, la madre optó por no asistir al trabajo y solicitó a su superior jerárquico que gestionara los trámites administrativos correspondientes. En respuesta, la entidad inició un procedimiento administrativo de separación en su contra.
En primera instancia, el juez de amparo no tomó en cuenta la situación específica de lactancia y desestimó la solicitud, enfocándose únicamente en aspectos constitucionales. No obstante, el Tribunal Colegiado adoptó un enfoque interseccional y analizó el caso con perspectiva de género, reconociendo las dificultades específicas que enfrentan las mujeres en periodos de maternidad y lactancia.
Criterio jurídico y justificación
El Tribunal destacó que la separación laboral de una mujer durante el periodo de lactancia puede agravar la discriminación laboral, especialmente en un país como México, donde las mujeres ya enfrentan retos significativos en el mercado laboral. Según datos de la Encuesta Nacional sobre Discriminación 2022, la discriminación laboral por embarazo o por tener hijos pequeños es una realidad común.
Además, el Tribunal señaló que la pérdida del empleo en un momento tan crítico como los primeros meses de vida de un hijo no solo afecta económicamente a la madre, sino que también impacta su capacidad de brindar cuidado y atención al menor. Por ello, se determinó que un amparo indirecto procedía en este caso para proteger los derechos de la madre trabajadora y evitar una situación de vulnerabilidad aún mayor.
Impacto y relevancia del caso
Este fallo del Sexto Tribunal Colegiado sienta un precedente importante en la protección de los derechos laborales de las mujeres, particularmente en periodos de maternidad y lactancia. Subraya la necesidad de que el Estado garantice medidas reforzadas de protección para evitar que estas trabajadoras enfrenten discriminación o desventajas adicionales por su condición.
El caso también resalta la importancia de abordar los conflictos laborales con una visión que considere las circunstancias particulares de género, y reitera la obligación de las instituciones públicas de actuar con sensibilidad ante las necesidades de sus empleados, especialmente en situaciones tan delicadas como el cuidado de un hijo recién nacido.
Lactancia materna en México
Los resultados de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (Ensanut) 2018-2019, que evidencian las prácticas de lactancia materna y alimentación complementaria, muestran que solo el 28.3 por ciento de los menores de 6 meses reciben leche materna exclusiva.
Lo anterior refleja que existen un sin número de barreras en los distintos ámbitos de acción para proteger, apoyar y promover la lactancia materna, lo cual tiene implicaciones importantes en la morbi-mortalidad de infantes y mujeres, en los costos económicos por atención en salud y en la presencia de muerte prematura.