A estas alturas de la vida ya es muy común que cualquier trabajador diga "ya me quiero pensionar" o "qué envidia los que están pensionados", y es que aunque las pensiones parecen ser un derecho al que tienen todos los trabajadores al finalizar su vida laboral, no todos puedes ni podrán gozar de ella.
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Primero, hay que recordar que el IMSS y el ISSSTE son las instituciones encargadas de repartir las pensiones en México, en el caso del IMSS se encarga de las pensiones de los trabajadores del sector privado y el ISSSTE de los trabajadores del gobierno, mismos que deben cumplir con ciertos requisitos para gozar de una pensión por el resto de su vida.
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Entre los requisitos más importantes que debe presentar un trabajador al momento de solicitar una pensión es contar con la edad mínima para poderse pensionar, el número de semanas cotizadas y el salario que recibieron durante los últimos años de trabajo, eso sí, entre más años y semanas cotizadas más pensión podrás recibir.
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Sin embargo, hay quienes al presentar su solicitud de pensión recibe una respuesta negativa, es decir, recibe una negativa de pensión, lo que significa que no es candidato a recibir una pensión de por vida y tan sólo podrá obtener su dinero ahorrado en su cuenta individual de la Afore. También, los millennials y centennials no tendrán pensión por la modificación a la Ley de Pensiones.
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Pensionados del IMSS o del ISSSTE
Tanto el IMSS como el ISSSTE entregan pensiones de diferentes tipos y al respecto el IMSS indica que las pensiones se dividen en 3 grupos:
- Las pensiones para el asegurado relacionadas con la edad, comprenden cesantía en edad avanzada, vejez y retiro anticipado.
- Las pensiones para el trabajador al ocurrirle un accidente de trabajo o padecer una enfermedad comprenden Incapacidad Permanente Parcial o Total e Invalidez.
- Las pensiones para los beneficiarios de un trabajador o pensionado, al momento de su muerte comprenden viudez, orfandad y ascendientes.
¿Qué pasará con la pensión por viudez en octubre?
Si de pensiones hablamos existen alrededor muchos mitos y verdades, por ejemplo, cada mes los pensionados se preguntan si habrá aumento en su pensión, cuándo llegará o que cambios habrá, por eso, los pensionados deben mantenerse informados a través de fuentes confiables.
Entre los temores más grandes que han existido y hasta la fecha es el de la siguiente pregunta: ¿Si recibo pensión por viudez y me vuelvo a casar o a vivir en cuncubinato pierdo mi pensión? y en este sentido la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es inconstitucional que se establezca que el viudo o viuda que contraiga matrimonio o se una en concubinato recibirá como única y última prestación el importe de seis meses de la pensión de viudez que venía disfrutando, esto, conforme a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
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En la resolución, se explicó que condicionar la pensión a un estado civil es injustificado, ya que toda persona tiene el derecho de formar una familia, por lo que, no debe excluirse el pago de la pensión por viudez, pues no se trata de una concesión gratuita o generosa, sino de un derecho.
En este sentido, hay un documento en internet del IMSS que señala que si eres pensionado por viudez ante el Instituto Mexicano del Seguro Social y contrajiste nuevo matrimonio civil, la viuda, viudo, concubina o concubinario pensionado al amparo de la Ley del Seguro Social de 1997, que contraiga matrimonio civil, recibirá un finiquito equivalente a tres anualidades de la cuantía de la pensión. Para la Ley del Seguro Social de 1973, el finiquito se otorga a la viuda o concubina.
Las pensiones del IMSS y del ISSSTE se entregan de acuerdo a su calendario de pagos, cada mes los pensionados reciben su pensión nada más que en diferente fecha, los del IMSS reciben su pensión cada primero de mes, siempre y cuando no se atraviese un día de descanso obligatorio o un día de fin de semana.
Mientras que, los del ISSSTE reciben su pensión cada fin de mes y en octubre no será la excepción, pues con la resolución que dio la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación la pensión de viudez quedaría garantizada.