Adriana Matzayani Sánchez Romo aún recuerda cuando en 2016, siendo jueza Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y Trabajo y Juicios Federales, en Cholula, Puebla, llegó a su escritorio una solicitud de un juicio de amparo poco común. Era el de una madre de una niña de dos años tres meses, quien demandaba que en el acta de nacimiento expedida por el Registro Civil apareciera primero el apellido de ella y después el del padre.
De acuerdo con la sentencia cuyo expediente es el 1977/2015, cuando la niña tenía un año de nacida y ya había sido registrada por su mamá, el papá decidió reconocerla legalmente y lo hizo en el Registro Civil de Puebla. Cuando la mamá de la niña se enteró y vio la nueva acta de nacimiento emitida, no se le escapó el hecho de que en el documento el apellido paterno de él apareciera primero que el suyo en el documento de su hija.
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“Entonces la mamá vino a juicio de amparo indirecto al Poder Judicial Federal a reclamar entre otros actos esto y dice: ‘bueno, en todo caso si el papá está reconociendo a la niña, está bien, pero por qué tiene que ser primero su apellido y en segundo lugar el mío”, recuerda Sánchez Romo, en entrevista con La Silla Rota.
La mamá interpuso ante el Poder Judicial Federal el juicio de amparo en contra de los jueces número cinco de Puebla del Registro Civil y el tercero de lo familiar del mismo estado, para que en el acta de nacimiento de su hija apareciera escrito primero su apellido y después el del papá. Su inconformidad se debía a que se expidió el formato de reconocimiento de hijos sin su consentimiento y sin haber concluido aún un juicio de paternidad que estaba pendiente.
De acuerdo con la sentencia, la mamá también consideró que la expedición del documento le causaba perjuicio a la menor, dado que ya existían diversos documentos con el nombre con el que fue registrada inicialmente, lo que impedía que prevaleciera su identidad.
La interpretación del caso
La entonces jueza tiene aún fresco en su memoria el caso. El secretario proyectista, Iván Pantoja Salazar le propuso que analizaran el artículo 64 del Código Civil poblano que ordena que los menores se tienen que registrar con nombre propio y los apellidos del padre y la madre, pero no especificaba bajo qué orden, como sí ocurre en otras entidades del país.
Después, sumaron al análisis el artículo primero de la Constitución que dice que está prohibida en México todo tipo de discriminación, en este caso con motivo del género o de cualquier otra índole que afecte la dignidad humana. Paso seguido, agregaron a la interpretación el artículo cuarto constitucional que habla de la igualdad del hombre y de la mujer.
“¿Por qué no interpretamos o analizamos ese artículo que no está poniendo una restricción o un orden que primero tiene que ir el apellido del papá y luego el de la mamá? Porque sí sé que hay códigos en otras legislaciones que así lo dicen. Sí, era muy genérico y nos daba pie a hacer esta interpretación y la hicimos de estos artículos diciendo ‘es verdad”, explica.
“O sea, a la luz de lo que dice nuestro marco constitucional el artículo primero, último párrafo y el cuarto que habla de la igualdad del hombre y la mujer y algunos convenios internacionales que teníamos, llegamos a la conclusión de que podía interpretarse en el sentido de que podía ser primero el apellido del papá o el de la mamá o viceversa”, continúa la ahora magistrada de circuito.
Se perpetuaba la idea de que la mujer va en segundo lugar
Reconoce que sí es real que hay esta costumbre de poner el apellido del papá primero y el de la mamá después, pero aclara que tanto el padre como la madre se pueden poner de acuerdo y definir cuál es el apellido que va primero y sin una justificación del juez civil.
“En este sentido era discriminatorio y lo que sí estaba provocando al usar o al continuar con esta costumbre era perpetuar estas ideas de que la mujer va en segundo lugar. Al permitir que quedara de esta forma sí generábamos mensajes discriminatorios de que el hombre y la mujer no son iguales y de que la mujer siempre está en un lugar secundario. Nos pareció importante romper con esta costumbre, analizarlo de esta forma y ponerlo en la sentencia”, enfatiza Sánchez Romo.
Un aspecto que tanto la juez como el secretario de Juzgado tomaron en cuenta para su análisis de la sentencia de 63 páginas y dictada el 27 de mayo de 2016, fueron los documentos de identidad de la niña, que entonces tenía dos años y tres meses y hoy ya cumplió 10 años.
El cambio del orden de los apellidos no tendría perjuicio para ella o iba a ser mínimo en comparación con el mensaje contra la discriminación que se daba con la sentencia, y sus derechos estaban garantizados para que en cuanto ella lo estimara, cambiar el orden de sus apellidos si así lo deseaba, remarca la jueza que llevó el asunto.
Parteaguas
El juicio de amparo para el cambio de apellidos que resolvió Sánchez Romo fue el primero en Puebla y también a nivel nacional.
Sánchez Romo dice que supo que luego llegó uno de la Ciudad de México para su análisis en la Suprema Corte de Justicia de la Nación y eso impulsó que los jueces civiles y los propios directores de los registros civiles ya permitieran que se pusiera el apellido de la madre y del padre.
“La sentencia de la Ciudad de México y la de Puebla fueron el parteaguas para que ya no llegaran tantos juicios de amparo de esta naturaleza, sino que las propias autoridades de los registros civiles dieran de altas a las interpretaciones”, afirma.
Conoce a la mamá
La hoy magistrada del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, en Cholula, Puebla, tuvo la oportunidad de conocer a la mamá de la menor, hace un año.
Mientras daba un curso de perspectiva de género para el público en general, una señora se le acercó y le dijo que la conocía. “Se acercó y me abrazó’, recuerda, y reconoce que primero se desconcertó. Pero la señora le explicó que cuando mencionaron su nombre, ella se levantó.
“Me dijo ‘es que cuando escuché tu nombre tuve que levantar la vista porque tú eres la persona que me permitió que mi niña tenga mi apellido. Me abrazó y me dijo, estoy súper feliz. O sea, no sabes, mi hija está súper agradecida contigo y yo también”, concluyó Sánchez Romo.