En una decisión significativa para la protección de los derechos de las personas con discapacidad, una jueza federal ha concedido un amparo a un vendedor de alimentos en la vía pública que enfrenta condiciones de discapacidad, garantizándole acceso a atención médica y suministro de medicamentos para preservar su salud física y mental.
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El caso surgió después de que esta persona fuera detenida por autoridades de la Ciudad de México, quienes confiscaron su mercancía y lo remitieron a un Juzgado Cívico. Ante esta situación, el afectado promovió un amparo argumentando la violación de sus derechos a la salud y a la no discriminación.
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La jueza federal falló a favor del solicitante, determinando que las acciones de las autoridades violaron sus derechos fundamentales. Sin embargo, las Secretarías de Salud y de Desarrollo Social del Gobierno capitalino, junto con la alcaldía Cuauhtémoc, impugnaron la sentencia.
El Tribunal Colegiado ratificó la decisión original, subrayando la obligación de las autoridades de garantizar el derecho a la salud física y mental al más alto nivel, así como la inclusión del afectado en un programa social. El 20° Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del 1er Circuito resaltó que, desde la reforma constitucional en materia de derechos humanos de 2011, todas las autoridades están obligadas a proteger los derechos de las personas con discapacidad de manera amplia, incluyendo el derecho al trabajo y la no discriminación.
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Esta resolución no solo establece un precedente importante en la protección de los derechos de las personas con discapacidad, sino que también subraya la responsabilidad de las autoridades de asegurar que estos derechos sean respetados y garantizados en todos los niveles.
IMSS niega ventilador a niño con riesgo de paro respiratorio
"Paciente candidato a ventilación invasiva de gamma media durante el sueño", indicaba la nota médica de un niño de 13 años, diagnosticado con parálisis cerebral infantil (encefalopatía hipóxico-isquémica), quien presentó una solicitud de amparo a través de su madre, debido a que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no le proporcionaba un ventilador portátil ambulatorio de uso pediátrico.
La nota médica señalaba que el paciente era candidato a ventilación invasiva de gama media durante el sueño, ya que los doctores señalaron un riesgo de paro respiratorio mientras el niño dormía.
La Jueza de Distrito del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), Yazmín Murillo, compartió en sus redes sociales que se le concedió la suspensión de plano el 18 de abril para que el IMSS evaluara la situación y, en su caso, proporcionara el respirador necesario. Las autoridades confirmaron la necesidad del ventilador y el 19 de abril se contactaron con el proveedor del equipo en la Ciudad de México.
El 24 de abril informaron que el ventilador estaba en camino y se esperaba su llegada a la ciudad el 25 de abril. Al día siguiente, el niño fue internado en el hospital y los familiares recibieron capacitación sobre el manejo, operación y mantenimiento del equipo especializado de ventilación mecánica.
El 29 de abril, el niño fue dado de alta, tras la instalación del equipo médico en su casa.
El proceso, desde la presentación de la demanda hasta la instalación del equipo en el hogar del niño, tomó 12 días naturales. Este logro fue posible gracias a la coordinación entre el personal del juzgado, las autoridades responsables y la asesora jurídica del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP), de acuerdo con la jueza.