Este miércoles 5 de junio se conmemora el Día Mundial del Medio Ambiente, día instituido por la Asamblea General de las Naciones Unidas para reflexionar sobre la protección y el mejoramiento del medio ambiente, en este marco World Animal Protection presenta un estudio donde señala que México es el país con menor regulación para proteger su gran biodiversidad, mientras que Estados Unidos es el territorio con más leyes y disposiciones para preservar sus animales silvestres.
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La investigación analizó las leyes que regulan el comercio de fauna silvestre de los diez países más biodiversos del mundo: Brasil, Indonesia, Colombia, China, Perú, México, Australia, Ecuador, India, Estados Unidos, y Sudáfrica, enfocándose específicamente en la extracción comercial, transporte, cría en cautiverio y venta de especies de fauna terrestre.
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Estados Unidos tiene la mayor cantidad de leyes vigentes, mientras que México e Indonesia están al extremo contrario.
En lo referente a las disposiciones o estipulaciones específicas dentro del cuerpo de la ley, Estados Unidos también se vuelve a llevar la palma de oro, seguido de Australia y China, mientras que México, India y Brasil son los países con menos disposiciones.
Una de las conclusiones del estudio es que el nivel de diversidad biológica de un país no se correlaciona con el número de leyes y disposiciones que este tiene para abordar el comercio de fauna silvestre comercial. Además, los aumentos en la legislación nacional no parecen estar directamente vinculados a la creación de nuevos tratados internacionales que busquen proteger a los animales silvestres.
Para este 2024, el tema elegido para conmemorar el Día Mundial del Medio Ambiente se centra en torno a la contaminación del aire.
Protección de animales silvestres en América
Estados Unidos es el décimo país más biodiverso del mundo y el que tiene la mayor cantidad de leyes, 24, y disposiciones asociadas, 116, relacionadas con la extracción, gestión en cautiverio y comercio de fauna silvestre.
En Latinoamérica, Brasil es el país más biodiverso del mundo, pero solo tiene seis leyes con 19 disposiciones relacionadas con la extracción, cautiverio y comercio de fauna silvestre. Además, es el único país de los 11 examinados que tiene una ley que detalla específicamente disposiciones contra la crueldad animal.
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Colombia ocupa el tercer lugar en el Índice de Biodiversidad Global y sigue a Estados Unidos en el número de leyes relevantes,11, y disposiciones, 62. Mientras que Perú, quinto biodiversidad, tiene un total de ocho leyes relevantes con 32 disposiciones y, por su parte, Ecuador ocupa el octavo lugar y es el único país que no tiene leyes relativas al bienestar animal, la crueldad o la salud, con siete leyes y 55 disposiciones diferentes.
Por último, México es el sexto país más biodiverso del mundo; sin embargo, ocupa el último lugar en términos de número de leyes relevantes, con tres leyes que contienen 23 disposiciones.
Limitan facultades a la CONABIO
El pasado 6 de marzo fue emitido un decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que adiciona diversas disposiciones al Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de un artículo único con el que se adiciona la fracción VII Bis del artículo 3; el artículo 39 Bis y el artículo 39 Ter, todos de dicho Reglamento de la Semarnat.
Las modificaciones en los últimos dos artículos mencionados se tratan sobre las atribuciones de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO); se destaca que con las modificaciones se especifica la subordinación ante la Secretaría y la persona titular de la Semarnat, en este caso María Luisa Albores, como en los siguientes ejemplos:
- "Proponer a la persona Titular de la Secretaría, para su aprobación, con el apoyo del Sector, conforme a sus respectivas competencias, la política de la Secretaría en materia de biodiversidad, de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales y demás disposiciones jurídicas aplicables"
- "Proponer a la persona Titular de la Secretaría, la celebración de convenios de coordinación o de concertación, y de cooperación técnica, en materia de biodiversidad, según corresponda, con las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, con los gobiernos de las entidades federativas y los municipios, así como con organizaciones nacionales e internacionales de los sectores civil, académico, social y privado, en el ejercicio de las atribuciones conferidas a la Secretaría"
- "Dirigir la elaboración y emisión de los estudios, análisis, diagnósticos y evaluaciones, previa autorización de la persona Titular de la Secretaría, para la generación, integración, compilación, sistematización y actualización de información técnica y científica en materia de biodiversidad"
- "Formular las metodologías técnicas y científicas, para el procesamiento de información sobre biodiversidad y poner a consideración de la persona Titular de la Unidad Coordinadora Científica y Técnica para el Conocimiento, Conservación y Uso Sustentable de la Biodiversidad para su aprobación"
Tras la emisión de este decreto, el rector de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) Leonardo Lomelí Vanegas, envió una carta al doctor Alberto Montoya Martin del Campo Comisionado Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) para lamentar que el decreto del gobierno federal limitan las funciones de la CONABIO.
"La biodiversidad es un capital natural y México es uno de los países más diversos del planeta, además, es parte de nuestro legado cultural. Su preservación es crucial para el desarrollo sostenible de nuestro país", resalta el rector Leonardo Lomelí y añade que la CONABIO desempeña un papel fundamental para conservar dicha diversidad, garantizando la continuidad de su labor más allá de los cambios políticos.