En una reciente sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el ministro Javier Laynez Potisek dirigió una contundente respuesta a la ministra Lenia Batres en relación con las violaciones al proceso legislativo, luego de que la ministra volviera a hacer referencia al concepto de democracia deliberativa.
Laynez Potisek comenzó su intervención aclarando que, aunque no posee un conocimiento profundo del sistema constitucional estadounidense ni de la posición de Madison sobre la democracia deliberativa, está bien versado en el sistema mexicano y en la jurisprudencia desarrollada por la SCJN. Resaltó la relevancia de la jurisprudencia anterior a su ingreso a la Corte para sustentar su argumento.
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El ministro mencionó la tesis jurisprudencial 94/2001 de la SCJN, la cual, hace más de 20 años, estableció que las violaciones formales al procedimiento legislativo son irrelevantes si no afectan de manera fundamental la norma aprobada. Según Laynez Potisek, esta jurisprudencia destaca que lo crucial es la aprobación de la norma por el pleno del órgano legislativo, a pesar de posibles irregularidades en el procedimiento.
En su intervención, el ministro Laynez Potisek resaltó la importancia de la legitimidad del proceso legislativo y la solidez de las normas aprobadas por el Congreso, aún en presencia de violaciones formales, reafirmando la coherencia y continuidad en la interpretación de la jurisprudencia mexicana.
El pasado 23 de abril, conviene recordar, la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Lenia Batres cometió un desliz en una sesión del máximo tribunal del país, luego de que señala que la “democracia deliberativa” es un término que no se encuentra en la Constitución Mexicana; sin embargo, tocó a la ministra Margarita Ríos Farjat corregirla sobre este asunto.
“No comparto el análisis de las violaciones señaladas porque no responden al contenido de ninguna disposición constitucional, reitero mi oposición que he manifestado en esta Suprema Corte respecto de que se analice cualquier regla de procedimiento legislativo conforme a una concepción de democracia como la denominada democracia deliberativa, que no se encuentra en nuestro régimen constitucional, la única concepción de democracia se encuentra contenida en el artículo tercero, fracción segunda, inciso a de nuestra Constitución que la caracteriza como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”, aseguró en su intervención Lenia Batres.
Inmediatamente después, la ministra Ríos Farjat tomó la palabra para hacer una precisión en los dichos de Batres y señalarle que dicho término sí se menciona en la Constitución Mexicana.