PODER JUDICIAL

Ministros de la Corte batean plan de Lenia Batres sobre extinción de fideicomisos

La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República presentó recursos de queja y de revisión contra suspensiones a la iniciativa; la Corte decidió ejercer su facultad de atracción respecto de los recursos de revisión

Créditos: Raúl Estrella / La Silla Rota
Escrito en NACIÓN el

La Ministra Lenia Batres Guadarrama, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, revisó el incidente de suspensión 1/2024. Este incidente surgió a raíz de la reforma al artículo 224 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que implicó la extinción de los fideicomisos de dicha dependencia, con excepción del relacionado con el mejoramiento de la administración de justicia.

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Se interpusieron numerosos amparos indirectos ante juzgados de Distrito, en los que se concedió la suspensión del acto reclamado. La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República presentó recursos de queja y de revisión contra estas suspensiones. La Corte decidió ejercer su facultad de atracción respecto de los recursos de revisión.

Cualquiera de estos supuestos requiere que el proyecto respectivo sea aprobado por al menos tres votos. En caso de no alcanzarse esa votación, el proyecto sería desecharía y sería retornado a un ministro de la mayoría para la elaboración de uno nuevo acorde a la decisión mayoritaria.

El pasado 8 de mayo, el proyecto del ministro Gutiérrez Ortiz Mena proponía anular el decreto de extinción de los fideicomisos, pero el ministro informó que sus compañeros le realizaron diversos comentarios sobre su proyecto, por lo que decidió retirarlo para revisar su propuesta. El caso permanece en la Corte desde hace casi tres años y ha sido modificado en diversas ocasiones.

La extinción de los fideicomisos

Fue en el año de 2020, cuando Morena y sus aliados aprobaron la modificación a diversos ordenamientos legales que permitieron la desaparición de 109 fideicomisos de alrededor de 68 mil millones de pesos, dinero que el gobierno federal aplicará en otros asuntos.

El presidente López Obrador aseguró en aquel momento que los fideicomisos estaban “fuera de control”, además de que no había transparencia en la entrega y destino de los mismos.

Los fideicomisos se relacionan a diversas dependencias como el Fondo Sectorial Conacyt-Segob CNS para la Seguridad Pública, el Fondo Sectorial de Investigación de la Secretaría de Relaciones Exteriores o el Fondo para el Cambio Climático.

Los argumentos que ha dado en reiteradas ocasiones el gobierno federal para la eliminación de fondos y fideicomisos es porque los recursos son utilizados con poca transparencia y son una puerta para la corrupción.

No obstante, algunos senadores de oposición presentaron una acción de inconstitucionalidad para buscar echar para atrás estas reformas a los fideicomisos.

¿Qué principios legales viola la iniciativa de AMLO?

De acuerdo con la acción de inconstitucionalidad 303/2020 a cargo del ministro Ortiz Mena, los promoventes señalan que en caso de consumarse la extinción de dichos fideicomisos estos serían los principios legales violentados:

  • Violación al principio de seguridad jurídica por falta de seguimiento de las formalidades esenciales del procedimiento legislativo.
  • Falta de competencia del Congreso de la Unión para para modificar el destino del gasto público.
  • Confianza legítima, principio de legalidad y progresividad de los derechos humanos. Cambio en la situación jurídica de una gran pluralidad de personas. Afectación de derechos adquiridos y la seguridad jurídica en su vertiente de confianza legítima.
  • Violaciones al artículo 25 constitucional (rectoría económica del Estado).
  • Violaciones al artículo 22 constitucional (actos de confiscación).
  • Violaciones al derecho al trabajo.
  • Violaciones al artículo 134 constitucional y principio de legalidad en relación con el destino de los recursos contenidos en los fideicomisos.
  • Afectaciones al derecho a la vida, integridad personal y libertad de expresión con la eliminación del Fondo para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
  • Violaciones a los derechos de las víctimas con la eliminación del Fondo de Víctimas.
  • Violaciones relacionadas con la disolución del Fondo de Apoyo Social para Extrabajadores Migratorios Mexicanos.
  • Violaciones al derecho a la cultura.
  • Violaciones al derecho al beneficio de los frutos de la ciencia y la tecnología.

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