TRABAJO EN MÉXICO

Reparto de utilidades 2024: ¿Habrá vales de despensa en lugar de dinero?

La Profedet indica cómo los trabajadores deben recibir sus utilidades de acuerdo al Artículo 101 de la Ley Federal del Trabajo

Los trabajadores deben recibir el 10% de las utilidades netas de la empresa en la que trabaja o de su patrón.
Los trabajadores deben recibir el 10% de las utilidades netas de la empresa en la que trabaja o de su patrón. Créditos: LSR/Pixabay
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En el mes de mayo o junio los trabajadores reciben más dinero de lo normal y esto se debe al reparto de utilidades, que es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado, de acuerdo Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

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¿Por qué mayo o junio? Porque de acuerdo con la Profedet, a más tardar el 30 de mayo los trabajadores que laboran para una persona moral, es decir, empresa, deben recibir sus utilidades, mientras que las personas que trabajan para una persona física, o sea, patrón, deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.

Los trabajadores que recibirán utilidades este 2024 deben saber que el monto a recibir lo determina la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y hasta este momento el porcentaje asciende al 10% de las utilidades netas

Las utilidades se reparten en dos partes iguales:

  • La primera parte se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios.
  • La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

¿Los trabajadores pueden recibir utilidades en vales de despensa?

Primero, debes tener en claro que si eres de los trabajadores que recibirá utilidades, el salario que se toma en cuenta para repartir las utilidades es exclusivamente basado en el salario por cuota diaria, sin incluir otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro derivado de su trabajo.

En este sentido, el artículo 130 de la Ley Federal del Trabajo establece que, "las cantidades que correspondan a los trabajadores por concepto de utilidades, quedan protegidas por las normas contenidas en los artículos 98", así como para que las utilidades sean entregadas tal y como lo marca la ley. 

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Muchos trabajadores se llegan a preguntar que si no hay la suficiente liquidez en la empresa en la que laboran o los números durante el año no fueron favorables, tal vez existe la posiblidad que este derecho lo puedan recibir en especie o hasta en vales de despensa, pero no es así.

De acuerdo con la Profedet, las utilidades deberán pagarse en moneda de curso legal, pues no está permitido que las empresas o el patrón pague las utilidades a los trabajadores con mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda sustituir la moneda, al menos eso está señalado en el Artículo 101 de la Ley Federal del Trabajo. 

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