Uno de los momentos más esperados por los trabajadores no sólo es cuando llega el aguinaldo y el reparto de utilidades, también es cuando llegan las vacaciones, si bien, los estudiantes tienen muchos días de descanso ya sea por juntas de Consejo Técnico, puentes, días festivos y vacaciones que marca el calendario SEP, esa fortuna no es también para los trabajadores de México.
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En el caso de los trabajadores hay que recordar que de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo en el artículo 74 existen ciertos días de descanso obligatorio, por ejemplo, en 2024 estos son los días de descanso obligatorio para los trabajadores:
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- El 1ro de enero
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
- El 1ro de mayo.
- El 16 de septiembre.
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
- El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
- El 25 de diciembre.
Sin embargo, esto no quiere decir que todos los trabajadores no laboren esos días, pues existe la posibilidad de que los trabajadores lleguen a un acuerdo con su patrón y trabajen ese día a cambio de un pago triple, es decir, el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo indica que, las personas trabajadoras que deban presentarse a laborar de manera habitual tendrán derecho a recibir independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple.
¿Y las vacaciones dignas? Así deben tomar sus vacaciones los trabajadores
En este sentido, se puede decir que en varias ocasiones las vacaciones de los trabajadores no coincidan con la de los estudiantes, sin embargo, es importante tener en cuanto cómo deben de tomar sus vacaciones a lo largo del año, ya sea de manera corrida o cuando mejor les convenga.
De acuerdo con una guía del Gobierno de México, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y la reforma de Vacaciones Dignas, el artículo 78 de la Ley Federal del Trabajo indica que, “la persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera".
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Sin embargo, los periodos vacacionales sí se pueden fijar de común acuerdo entre tu patrón y tú, considerando las necesidades de servicio y el derecho que ya hayas generado para tomar vacaciones.
También, debes tomar en cuenta que, el periodo de solicitud de vacaciones dependerá de las políticas, calendario, contrato de trabajo y/o reglamento de la empresa para la cual prestas tus servicios, por eso es importante que se pacten tus días de vacaciones con tu patrón y que se concedan dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.
Checa a cuántos días de vacaciones tienes derecho por año:
- Año 1: 12 días
- Año 2: 14 días
- Año 3: 16 días
- Año 4: 18 días
- Año 5: 20 días
- De 6 a 10 años: 22 días
- De 11 a 15 años: 24 días
- De 16 a 20 años: 26 días
- De 21 a 25 años: 28 días
- De 26 a 30 años: 30 días