CASO AYOTZINAPA

Caso Ayotzinapa: Tribunal niega libertad condicional a Murillo Karam

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México rechazó la solicitud del exfuncionario, quien enfrenta cargos por desaparición forzada, tortura y obstrucción de la justicia en relación con la "verdad histórica" del Caso Ayotzinapa

Créditos: Cuartoscuro
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El extitular de la Procuraduría General de la República (PGR) durante el gobierno de Enrique Peña Nieto, Jesús Murillo Karam, enfrentará desde prisión domiciliaria el proceso judicial por las acusaciones de tortura y desaparición forzada, luego de que un tribunal de la Ciudad de México resolviera de manera unánime negar su solicitud de libertad condicional.

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El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México rechazó la solicitud del exfuncionario, quien enfrenta cargos por desaparición forzada, tortura y obstrucción de la justicia en relación con la "verdad histórica" del caso Ayotzinapa. En la actualidad, Murillo Karam cumple prisión domiciliaria en su residencia en la colonia Lomas de Chapultepec, en la Ciudad de México.

El fallo judicial determinó que deberá continuar con su proceso bajo esta modalidad.

¿Por qué le fue negado el amparo a Murillo Karam?

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México, en el amparo en revisión 111/2024, ratificó la resolución del juez Octavo de Distrito en Materia Penal, Rubén Darío Nogueira Gregoire, quien negó la protección de la justicia a Murillo Karam, al considerar que existe riesgo de fuga.

Los magistrados Francisco Javier Sarabia Ascencio, Juan José Olvera López y Horacio Hernández Orozco, acordaron por unanimidad no otorgar la libertad condicional. Argumentaron que, dado que Murillo cuenta con los medios, recursos y solvencia económica, y los delitos por los que está siendo investigado son graves, persiste el riesgo de fuga, incluso a pesar de sus problemas de salud, que le permitieron obtener prisión domiciliaria.

“Ello incrementaba, obviamente, la posibilidad de que pudiera salir del país y con ello evadir la acción de la justicia, máxime que poseyó una gran solvencia económica y ellos le daba también una mayor capacidad para mantenerse oculto durante un largo periodo de tiempo y así evadir a las autoridades”, apuntó el magistrado ponente, Sarabia Ascencio.

Murillo Karam sale de prisión

Fue el pasado mes de abril cuando un juez de control del Reclusorio Sur otorgó la medida de prisión domiciliaria al ex procurador, relacionado con el caso de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, por lo que el ex funcionario salió del penal de Tepepan para dirigirse a su arraigo domiciliario.

El juez de control estableció la vigilancia perimetral y en los accesos a su domicilio de Lomas de Chapultepec, incluyendo el establecimiento de un registro para visitas y la prohibición de comunicarse con víctimas o testigos. Además, entre las medidas cautelares solicitadas por la Fiscalía General de la República (FGR) también se encuentran:

  • Asistir cada 15 días a la Unidad de Medidas Cautelares
  • Tener un horario de visitas restringido
  • Enviar su ubicación en tiempo real e fotografías de los lugares en los que se encuentre mediante WhatsApp, utilizando un teléfono proporcionado por la Fiscalía.

El juez señaló que dichas medidas son equivalentes a las de un centro de reclusión, por lo cual rechazó la imposición de un brazalete electrónico, ya que la legislación actual prohíbe combinar una medida cautelar con otra.

Foto: Cuartoscuro

¿Por qué se le otorgó prisión domiciliaria a Jesús Murillo Karam?

Cabe recordar que a Murillo Karam se le acusa de los delitos de desaparición forzada, coalición de servidores públicos y tortura en el caso Ayotzinapa, razón por la que fue detenido en agosto de 2022 por agentes de la FGR.

Sin embargo, desde hace unos meses los abogados del ex procurador buscaron que siguiera su proceso bajo el recurso de prisión domiciliaria, esto bajo lo estipulado en el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) en donde se establece que un detenido puede tener este beneficio siempre que sea mayor de 70 años o padezca una enfermedad grave.