La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el diputado de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Carlos Barragán vulneró los principios de neutralidad e imparcialidad al realizar eventos y publicaciones que beneficiaron indebidamente al excanciller Marcelo Ebrard, quien buscó la precandidatura presidencial por su partido. Se impuso una multa al excanciller por no deslindarse de manifestaciones a su favor, las cuales fueron calificadas como ilegales en materia electoral.
En su resolución, la Sala Especializada, indicó que el legislador por el estado de Michoacán, cometió infracciones electorales al realizar una promoción personalizada y usar indebidamente recursos públicos en beneficio de Marcelo Ebrard.
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El Tribunal documentó que Carlos Barragán realizó dos eventos en Michoacán, uno el 29 de octubre de y el otro el 19 de noviembre de 2022, para promocionar indebidamente al excanciller. Además de que realizó una publicación en su cuenta de la red social X, con el mismo fin.
TEPJF sanciona a Marcelo Ebrard
"En dichos eventos se buscó posicionar la aspiración presidencial de Ebrard e, incluso, se usó su cuenta de esa red social, mediante la cual el diputado también difundía su labor legislativa", indicó la Sala Especializada del TEPJF.
"Se acredita un beneficio indebido por parte de Marcelo Ebrard debido al actuar ilícito de Carlos Barragán, sin que el entonces canciller se haya deslindado de manera oportuna, eficaz e idónea", destacó el TEPJF.
Tras su fallo, los magistrados de la Sala Especializada del TEPJF determinaron imponer una multa a Marcelo Ebrard, la cual no se reveló la suma; mientras que en el caso del diputado Carlos Barragán, se ordenó dar una visita al Congreso de Michoacán para que determine lo conducente para su actuar.
TEPJF deslinda a Frente Amplio por México de vulnerar ley electoral
En otra resolución que dio a conocer la Sala Especializada del TEPJF es la relacionada con la demanda que interpuso Morena contra el Frente Amplio por México (FAM), al que acusó de vulnerar principios constitucionales por el uso de una aplicación y plataforma digital en su proceso interno.
En su dictamen la Sala Especializada aseguró que el Frente Amplio por México no infringió la Ley Electoral con el uso de la plataforma digital para la recaudación de firmas en su proceso interno, ya que no requirió el respaldo del Instituto Nacional Electoral (INE).