Un juez de Control ordenó suspender el juicio de AgroNitrogenados contra Emilio Ricardo Lozoya Austin, ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex). La determinación del juez Gerardo Alarcón López fue tomada a partir de una tesis aislada de un Tribunal Colegiado en la que se estableció que un acuerdo reparatorio puede beneficiar otros imputados del mismo juicio.
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Con la suspensión del caso, Emilio Lozoya ahora solo tiene el juicio de Odebrecht, por el cual le fue impuesta la prisión justificada, por lo que no puede salir de prisión.
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Durante la audiencia que se llevó a cabo en el Centro de Justicia Penal Federal (CJPF) del Reclusorio Norte, Emilio Lozoya pidió continuar con el juicio y suspender el acuerdo reparatorio por el que Pemex y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) solicitaban un pago de 20 millones de dólares.
Tanto la defensa de Lozoya, como él mismo se opusieron.
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"Están pretendiendo utilizar el aparato de Justicia para atropellar mis derechos...primero 3.4%, luego lo suben a 200%, como si fuera un marcado tropical", comentó Lozoya.
Los fiscales presentaron la acusación en la que pedían un pena de 15 años de prisión. Durante el debate, la defensa de Emilio Lozoya, enunció una tesis aislada emitida por el Primer Tribunal Colegiado de Querétaro. En la sentencia, emitida en junio pasado y públicada el pasado viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se estableció que el acuerdo reparatorio que obtenga una persona en juicio, beneficia a otros imputados del mismo caso.
La defensa argumentó que en este caso, ese acuerdo reparatorio fue alcanzado por Alonso Ancira, dueño de Altos Hornos de México el 19 de abril de 2021. El acuerdo incluye una reparación del daño por 216 millones de dolares, de los cuales ha pagado la mitad hasta el momento (105 millones de dólares). Alonso Ancira tambien fue imputado en la causa 211/2019 del caso Agronitrogenados y en la cual también está relacionado con Emilio Lozoya.
Con esos elementos, la defensa de Emilio Lozoya pidió suspender el juicio. Al analizar los argumentos, el juez determinó darles la razón y suspender el juicio.
Además, estableció que Emilio Lozoya no debe de pagar por la reparación, ya que ese concepto lo está cubriendo Alonso Ancira.
¿Qué dice la tesis aislada?
En la tesis aislada emitida por el Tribunal Colegiado de Querétaro, se establece que, una vez que un particular llegue a un acuerdo reparatorio con la parte afectada en un juicio, puede beneficiar a otros imputados.
"El artículo 186 del Código Nacional de Procedimientos Penales no establece que la extinción de la acción penal sea sólo para los imputados que celebran los acuerdos reparatorios, por lo que si el legislador no distinguió esa circunstancia, no hay razón para que el Estado actúe en contra de quien no realizó ese pacto. Ciertamente, al haberse satisfecho el interés particular de la víctima u ofendido, esta salida alterna al juicio penal también beneficia a todos los involucrados, pues al existir pluralidad de imputados sobre un mismo hecho, la extinción penal opera a favor de todos ellos".
La tesis menciona que no puede seguir acusandose a otros imputados del mismo delito, cuando ya se haya tenido un acuerdo reparatorio.
"Razones por las cuales, resulta inaceptable que después de celebrarse un acuerdo reparatorio se acuse a un imputado que no lo celebró y se le condene con base en los testimonios de cargo de los imputados que sí lo celebraron, admitido como prueba superveniente, después de realizado el acuerdo reparatorio; lo cual, en todo caso, conlleva por sí solo una violación a los artículos 189 y 384 de la legislación citada".
VGB