Hace apenas unas horas la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), encabezada por Julio César Cervantes, anunció la formalización de la operatividad del convenido de portabilidad de derechos para trabajadores beneficiarios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad de Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Este anunció se hizo, vale la pena recordar, en el marco de la Feria de las Afores de la Ciudad de México 2023 evento realizado en el Zócalo de la Ciudad de México en donde se tratan temas sobre el derecho de los trabajadores a las pensiones y al retiro digno y se da información general sobre el Afore y todas las opciones que las personas tienen para mejorar sus pensiones para el retiro.
Esta nueva “Portabilidad de Derechos” entre ambas instituciones de seguridad social tiene como principal objetivo facilitar la entrega de recursos sin importar si los pensionados pertenecen al IMSS o al ISSSTE.
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Asimismo, Cervantes Parra comentó en el mismo evento que si bien es un proceso que se acaba de dar a conocer, la Consar trabajar de una forma constante para agilizar la Portabilidad de Derechos para las personas aseguradas y pensionadas por parte de cualquiera de estas dos instituciones de seguridad social.
“La Portabilidad de Derechos pensionarios entre el IMSS e ISSSTE actualmente ya es una realidad, en virtud de que el sistema anteriormente no había sido capaz de instrumentar los procesos administrativos tecnológicos y financieros para reconocer a los pensionados”, dijo el titular de la Consar.
¿Cómo puedo lograr la portabilidad de mi pensión del IMSS O ISSSTE?
En caso de que seas una persona próxima al retiro debes de saber que la potabilidad de tu pensión ya es posible, y en caso de que estés interesado en realizar este nuevo proceso a continuación te compartimos los requisitos que necesitan para realizar esta nueva portabilidad.
- Formar parte de la Ley 73 o 97 del IMSS.
- Tener la edad mínima de 60 años.
- Tener cotizaciones en ambas instituciones (IMSS e ISSSTE).
- Encontrarse en periodo de Conservación de Derechos en el IMSS.
- Pertenecer al Régimen de Cuentas Individuales ISSSTE.
- Contar con la constancia de Periodos Reconocidos ISSSTE-IMSS.
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Asimismo, vale la pena destacar que la última de tus cotizaciones debe ser bajo las leyes del seguro que te haya otorgado tu derecho como pensionado.
Es así como en caso de que tu último registro se haya llevado a cabo en el ISSSTE, no se puede realizar la solicitud por medio del IMSS
AJA