SUPREMA CORTE

Nuevo revés a AMLO: invalida decreto para opacidad y adjudicación directa de obras

Los ministros invalidaron el acuerdo que blindaba las obras prioritarias del presidente López Obrador como el AIFA o Dos Bocas para evitar dar información reservada y acelerar su construcción vía adjudicación directa

Así votaron los ministros de la Suprema Corte
Así votaron los ministros de la Suprema CorteCréditos: Especial
Escrito en NACIÓN el

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el Artículo del acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 22 de noviembre de 2021 que permitía al Poder Ejecutivo considerar a las obras efectuadas en este sexenio como seguridad nacional.

La controversia constitucional fue promovida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), en contra del Poder Ejecutivo Federal, demandando la invalidez del “acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional”.

El mandato ordenado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, facultaba al gobierno federal, así como a las instituciones relacionadas con la construcción de obras a no informar o transparentar informes sobre las mismas, por lo que se mantenía oculta la información.

 A propuesta el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá se invalidó el Artículo Primero del acuerdo publicado por el gobierno federal, el cual “declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional”.

Durante la discusión el Ministro Javier Laynez Potisk, aseguró que el acuerdo presidencial establece que las instituciones deben de acatar lo que se menciona en el documento y sin cuestionar los motivos.

Puedes leer: "Decretazo" para obras de la 4T viola la constitución: Carlos Urzúa

“Me parece ingenuo el ignorar que la consecuencia jurídica de la declaratoria es la reserva de la información y la autorización para adjudicación directa”.

El ministro afirmó que “seguridad nacional está definido por la ley”, por lo que negar que el vocablo de seguridad no tiene impacto para la transparencia “me parece ingenio en todo sentido no sé si eso se buscó”.

La ministra Yasmín Esquivel, en el debate, advertía que el decreto era únicamente entre las partes, en este caso, el INAI y el Ejecutivo federal, por lo que seguía siendo válido para los demás actores de la administración pública.

Sin embargo, el ministro Laynez advirtió que el Ejecutivo es el que da la instrucción, y si esa instrucción se cae, ya no existe, y los demás actores de la administración ya no tienen decreto qué seguir.

Además, advirtió Laynez, ante la insistencia de que el acuerdo no estaba encaminado a la reserva de información, afirmó que como tribunal constitucional sí es nuestra obligación saber el objetivo y consecuencias que dice este articulo que declara de interés público y de seguridad la ejecución de obras. El fin es la reserva de información y la adjudicación directa.

También, comentó: “no se reserva la información de esta manera”…si la idea no es reservar o permitir la declaratoria, para qué emitir la declaratoria…claro que afecta al sistema, al órgano, sus facultades…trastoca todo el sistema de transparencia mexicano….

 Luis María Aguilar Morales, consideró que el acuerdo viola el principio de reserva de ley, el cual otorga al Congreso de la Unión a especificar el contenido de lo que es seguridad nacional.

“Es violatorio al principio de ley en lo relacionado con seguridad nacional”.

 Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, al mencionar “estoy de acuerdo con el fondo del proyecto”, el ministro comentó que el acuerdo del Poder Ejecutivo establece permisos que exentan a las autoridades a informar sobre obras efectuadas en temas ambientales. 

Alberto Pérez Dayán emitió solo su voto para invalidar el artículo Primero. Previamente argumento que se vulneran facultades del Instituto de Acceso a la Información

Ana Margarita Ríos Farjat, indicó que el acuerdo del presidente Andrés Manuel López Obrador, genera un ambiente de inseguridad jurídica relacionado con la contratación pública, además de que anula la transparencia.

Jorge Mario Pardo Rebolledo, aseguró que el mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador, clasifica la información sin motivación o justificación, además de que deja indeterminada la cantidad de tiempo para que sea reservada la información.

Norma Lucía Piña, aseguró que el acuerdo del Ejecutivo origina una reserva anticipada y generalizada de la información, además de que impide que el INAI tenga una facultad revisoría en los casos en los que no se quiere transparentar la información.

INAI respalda postura de Corte

El INAI reconoce el fallo de la Suprema Corte que determina la invalidez del Acuerdo por el que se declaran como de seguridad nacional e interés público los proyectos y obras de infraestructura del gobierno federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2021.

En este caso, el fallo de la Corte deja a salvo el derecho de la sociedad a conocer y acceder a toda la información relacionada con los proyectos y obras a cargo del gobierno, lo cual permitirá monitorear su desarrollo y vigilar que el gasto público se lleve a cabo de manera eficaz y eficiente.     

Al resolver el asunto, la Corte determinó, por mayoría, que el Acuerdo impacta el derecho a saber y contraviene la facultad del INAI para delimitar los alcances de la seguridad nacional y el interés público, al situar toda la información generada en el desarrollo de obras y proyectos referidos dentro de la aplicación del supuesto de reserva. 

Finalmente, puntualizó que el acuerdo transgrede el principio de transparencia y el derecho de acceso a la información en su dimensión colectiva, pues dificulta el cumplimiento de las obligaciones de transparencia de las autoridades, imposibilitando el control ciudadano del actuar público. 

El expresidente Felipe Calderón tuiteó:

Muchas felicidades al Ministro ponente Alcántara Carrancá, y a todos los Ministros que han defendido el Estado de Derecho: la Presidenta Norma Piña, Margarita Ríos Farjat, Jorge Pardo Rebolledo, Javier Láynez, Luis Maria Aguilar, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Alberto Pérez Dayán. ¡Están defendiendo a México en un momento histórico! Los otros tres, qué pena. Una vergüenza histórica, con todo y sus tesis plagiadas y la traición al honor que se les confió en la Escuela.