PENSIÓN ISSSTE 2023

Pensión ISSSTE 2023: Conoce los cambios en el PAGO por viudez debido a la nueva ley

Debido a las modificaciones que se hicieron en la Ley del Seguro Social aprobadas por la Cámara de Diputados y Senadores hay cambios importantes en cuanto al pago de la pensión por viudez

Pensión por Viudez ISSSTE
Pensión por Viudez ISSSTECréditos: Especial
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Si tu o algún familiar, amigo o conocido reciben su pensión ISSSTE de manera mensual, es momento de que conozcan los cambios que tendrá y que entraron en vigor a inicios de este 2023, ya que pueden ser benéficos para los familiares de las personas titulares de dichas pensiones, evidentemente, como se trata del ISSSTE, es exclusivamente para aquellas personas que laboraron en alguna instancia de gobierno. Estos cambios fueron aprobados por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores; de igual forma, se vio modificada la pensión del IMSS.

Estos cambios tienen que ver con el pago de pensión por viudez. En años pasados, y antes de las modificaciones del 2023, quienes podían acceder a está pensión por viudez eran exclusivamente las parejas que estaban casadas con la persona fallecida, es decir, su esposo o esposa, a partir de este año esa limitante y requisitos se ha modificado por lo que, si quieres acceder a esta pensión, ahora sólo tendrás que demostrar ciertos requerimientos frente al ISSSTE. 

Los cambios que se hicieron en ambas cámaras del poder legislativo buscan eliminar los bloqueos que impedían a las personas acceder a una pensión de viudedad si se casaban con un asegurado después de los 55 años. Donde, de acuerdo a diversos estudios, las principales afectadas en el país eran las mujeres. Con esto, se asegura uno de los mandatos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 

Por estos cambios, como ya se mencionó, ahora es posible que la pareja de las personas que fallecieron y que recibían una pensión del ISSSTE, tenga la pensión por viudez incluso cuando no se haya tenido una relación matrimonial. Bastará con demostrar que se tuvo una relación de concubinato para que dichas personas accedan a esta pensión por viudez del ISSSTE; el ISSSTE tomará la decisión de cuanto es la parte que le corresponde a la persona concubina. 

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la pensión por viudez ISSSTE?

De acuerdo con la página del ISSSTE, se solicitan los siguientes documentos si hubo matrimonio:

  • Identificación oficial vigente de la viuda (do) (Credencial para votar INE, Pasaporte o Cédula profesional). Original.

  • Acta de Matrimonio con fecha de vigencia no mayor a 6 meses posterior a su certificación. Original.

  • Acta de Nacimiento de viuda(o). Original.

  • Clave Única de Registro de Población (CURP) de viuda(o). Copia.

  • Acta de Defunción del trabajador(a) derechohabiente. Original

  • Identificación oficial vigente de trabajador(a) derechohabiente finado(a) (Credencial para votar INE, Pasaporte o Cédula profesional). Original.

  • Último comprobante de pago del (la) trabajador (a). Copia.

En caso de Concubinato serán los siguientes:

  • Identificación oficial vigente de la concubina (no) (Credencial para votar INE vigente, Pasaporte vigente o Cédula profesional). Original.

  • Juicio de concubinato promovido ante juzgado familiar posterior al fallecimiento de trabajador(a). Original.

  • Acta de Nacimiento de concubina (no). Original.

  • Clave Única de Registro de Población (CURP) de concubina (no). Copia.

  • Acta de Defunción del trabajador(a) derechohabiente. Original.

  • Identificación oficial vigente de trabajador(a) derechohabiente finado(a) (Credencial para votar INE, Pasaporte Cédula profesional). Original.

  • Último comprobante de pago del (la) trabajador (a). Copia simple.

Tendrás que acudir al área de Pensiones de la Subdelegación de Prestaciones adscrita a la Delegación Estatal o Regional más cercana a tu casa, una vez allí y en ventanilla, solicita la Pensión ISSSTE por causa de muerte del trabajador; sete pedirá que presentes la documentación requerida y tendrás que esperar 10 días hábiles para que el trámite sea aceptado y se te informe el veredicto. 

DJC