RECIBO DE LUZ CFE

¿Eres usuario de la CFE? Checa esto antes de que pagues tu próximo recibo de la luz

Las personas que son usuario de la Comisión Federal de electricidad al firmar su contrato gozan de derechos y también tienen obligaciones

a su vez la CFE debe responder ante cualquier incidente con respecto al suministro de luz
Esto aplica para todos los usuarios de suministro básico de la CFE.a su vez la CFE debe responder ante cualquier incidente con respecto al suministro de luzCréditos: ESPECIAL
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La Comisión Federal de Electricidad (CFE) es una empresa estatal mexicana que esta encargada de la generación, transmisión y distribución de energía eléctrica a lo largo y ancho del territorio nacional; vale la pena destacar también que es la empresa más grande en el sector eléctrico aquí en México.

Esta empresa se constituyó como resultado de la nacionalización de la industria eléctrica en México en el ya lejano año de 1937, es por eso que la CFE se constituyó como una entidad paraestatal, lo que significa que está bajo la supervisión y propiedad del gobierno mexicano.

Al suministrar insumos y bienes energéticos requeridos para el desarrollo productivo y social del país de forma eficiente, todas las personas mexicanas que desean tener luz eléctrica deben recurrir a la CFE para ponerse de acuerdo con la empresa y firmar un contrato en el cual las personas usuarias aceptan pagar este derecho mediante un recibo de luz que llegará a sus domicilios en donde de marcará el consumo de energía y la tarifa que hay que pagar por dicho consumo.

Al firmar dicho contrato, las personas se vuelven usuarias de esta compañía eléctrica se comprometen a pagar su recibo de luz puntualmente, esto debido a que al formar parte de los usuarios de CFE tienes algunos derechos y obligaciones que como usuario debes de conocer.

¿Cuáles son los derechos y las obligaciones de los usuarios de la CFE?

Con el fin de priorizar una política que procura la seguridad y la soberanía energética nacional, así como también fortalecer el servicio público de electricidad, la comisión Federal de Electricidad (CFE) blinda de una lista de derechos a los usuarios del suministro básico.

  • Recibir un trato oportuno y expedito en la prestación del Servicio de Suministro Eléctrico.
  • La protección de sus datos personales, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, de conformidad con el aviso de privacidad 
  • Recibir el Suministro Eléctrico de manera continua y sin interrupciones de la energía eléctrica, salvo Caso Fortuito o Fuerza Mayor.
  • Que sus Solicitudes, Avisos o Sugerencias sean atendidas
  • Ser compensado en la próxima factura aplicable cuando su Queja se determine procedente, a menos que la determinación sobre la compensación tenga lugar hasta diez días naturales antes de la emisión de dicha factura
  • Solicitar al "SUMINISTRADOR" la revisión del Sistema de Medición y las Instalaciones Eléctricas
  • Instalar a su costo un segundo equipo de medición de respaldo en sus instalaciones, cuidando que no interfiera técnicamente con las mediciones del equipo de medición principal utilizado por el Distribuidor.
  • Solicitar el cambio de su modalidad de pago.
  • Cambiar de "SUMINISTRADOR" voluntariamente en cualquier momento

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Caso contrario, la siguiente lista engloba todas las obligaciones que tiene el usuario con respecto a su relación con la Comisión Federal de Electricidad.

  • Manifestar sin faltar a la verdad los datos requeridos para el Contrato
  • Cumplir las condiciones establecidas en el presente Contrato
  • Realizar los pagos por el Suministro Eléctrico, productos o servicios recibidos a más tardar en su fecha límite de pago señalada en el Aviso-Recibo, con base en las tarifas reguladas autorizadas
  • Hacer uso de la energía eléctrica conforme a lo estipulado en este Contrato
  • Conservar la Instalación destinada al uso de la energía eléctrica en condiciones de recibir en forma segura y permanente el Suministro Eléctrico.
  • Notificar al "SUMINISTRADOR" cuando se presuma la existencia de errores en el Sistema de Medición
  • Notificar al "SUMINISTRADOR" sobre la terminación voluntaria de su Contrato
  • Permitir al Distribuidor, previa identificación del empleado de la empresa, el acceso al inmueble para la instalación, conservación, revisión o retiro de las líneas y equipos necesarios para la conexión y medición del Suministro Eléctrico
  • Evitar incurrir en prácticas u omisiones que impidan o alteren el funcionamiento normal de los instrumentos de control o medición
  • Preservar en buen estado el Instrumento Indicador de Consumo (IIC), cuando el equipo de medición avanzado sea instalado
  • Realizar la devolución al "SUMINISTRADOR" del IIC en caso de terminación o Rescisión del Contrato.

AJA