Aquellos trabajadores que están a punto de retirarse de la vida laboral y comenzar con los trámites de jubilación para obtener su pensión, deben saber que, aunque ya no cotizarán ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) seguirán teniendo derechos y obligaciones, por lo cual de eso hablaremos en esta ocasión.
En este sentido, cabe señalar que, pese a que las obligaciones como pensionado ya no serán las mismas, sí se tienen antes de terminar la actividad laboral debido a que, por ley, todos los trabajadores deben estar afiliados al IMSS a través del Régimen Obligatorio que integra los riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como guarderías y prestaciones sociales.
Pero lo que, si estás tramitando ya tu pensión por jubilación, debes saber que, aunque ya no cotices ante el IMSS, seguirás contando con los derechos como tu pensión, asistencia médica y ayuda asistencial.
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Estos son los derechos que tienen los pensionados y jubilados ante el IMSS
Luego de haber cotizado ante el IMSS y haber cumplido 60 o 65 años, además de tener mil semanas cotizadas, ya puedes tramitar tu pensión y en consiguiente también tendrás derecho a:
- Asistencia médico-quirúrgica
- Asistencia farmacéutica
- Asistencia hospitalaria
- En materia de dinero:
- Recibir pensión Asignaciones familiares
- Ayuda asistencial
- Retiros programados con cargo a la cuenta individual en las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore)
- Ayuda para gastos de matrimonio
- Pensión mínima garantizada por el Gobierno Federal de un salario mínimo general mensual
Aunado a esto, en febrero de cada año la pensión se incrementa en forma proporcional al aumento del salario mínimo en general. Además, puedes incorporar a algunos familiares para que igual puedan recibir la atención médica en el IMSS, además de obtener ayuda asistencial.
¿Qué pasa si no cumplo con las semanas cotizadas?
Aquellos interesados en pensionarse y que ya tienen los 60 años para la pensión por Cesantía en Edad Avanzada, o bien los 65 para la Pensión por Vejez, pero no obtuviste las semanas cotizadas, se pueden hacer retiros programados a tu Afore, pero si estos ahorros son insuficientes, también puedes acceder a la Pensión Mínima Garantizada, en la cual el gobierno proporciona un salario mínimo mensual de por vida.
¿Cuáles son las semanas cotizadas?
Dentro del Régimen Obligatorio con el cual los trabajadores están afiliados al IMSS, contempla las aportaciones mensuales por parte d los patrones y los trabajadores tienen que dar un porcentaje menor, en conjunto son las semanas cotizadas, con las cuales, se puede acceder a tu pensión.
BV