Recientemente, la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), en particular la FES Aragón, se comprometió a investigar el presunto plagio de tesis de la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Yasmín Esquivel.
¿Pero, qué pasa si cometes plagio en la UNAM? De acuerdo con un documento de la misma Máxima Casa de Estudios, cuando existe la presunción de plagio, el caso debe ser llevado ante los tribunales universitarios.
Si subsecuentemente la investigación demuestra que el estudiante ha cometido plagio, el castigo puede ser la suspensión hasta por un año, de conformidad a los artículos 95 y 97 del Estatuto General de la UNAM (EG).
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Los artículos 95 y 97 cubre lo referente al plagio o ayuda fraudulenta en la realización de pruebas, exámenes, trabajo, tareas, proyectos, etc.
“Por lo que, las sanciones que deriven de tales conductas son independientes de las responsabilidades que deriven de la legislación común, esto es, que si tal forma de conducirse constituye una falta o un delito del orden común se podrá presentar el asunto ante la autoridad competente, para que resuelva al respecto”, dice la UNAM.
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¿QUÉ ES EL PLAGIO?
Existe plagio cuando alguien presenta como suyo las ideas o el trabajo de alguien más de forma total o parcial. Dicho “trabajo” puede ser texto, figuras, fotografías, imágenes, sonidos, video, etc.
Cuando se realiza una paráfrasis del trabajo de alguien más, se debe tener cuidado de realizarlo correctamente y no sólo hacer cambios menores, por ejemplo, si sólo se cambian unas pocas palabras con sinónimos (o sólo se cambia el tiempo de conjugación de los verbos), o se realiza un cambio ínfimo y no se utilizan los signos de puntuación, o si se traduce a cualquier idioma sin hacer una clara especificación, entonces, se está en presencia de plagio.
Incluso, si se ha parafraseado o usado signos de puntuación y referenciado correctamente, es inaceptable basar una porción substancial del reporte en el trabajo de alguien más.
El propósito de utilizar el material de alguien más es para apoyar los propios argumentos.
FORMAS MÁS COMÚNES DE HACER PLAGIO
- Clonar: Presentar como creación propia el trabajo idéntico de alguien más.
- CTRL-C: Contiene una porción significante de texto sin alteración y procedente de una misma fuente.
- Encontrar-Reemplazar: Cambiar palabras y frases clave, pero conservando la esencia del trabajo original.
- Resumir: Realizar paráfrasis de diversos textos.
- Reciclar: Apropiarse del trabajo de un autor, al no citar el texto.
- Híbrido: Combinar citas realizadas correctamente y texto copiado sin cita.
- Mezclar: Copiar material de diversas fuentes.
- Error: Las citas se realizan de manera inadecuada, al presentar información inexacta de las fuentes.
- Agregar: Se cita como propio el trabajo a pesar de contar con la mayoría de información no.
- Re-twittear: Se cita como propio el trabajo, pero la redacción se basa en otro texto.
¿CÓMO PUEDES EVITAR CAER EN UN PLAGIO?
- Durante todo el proceso de redacción del trabajo es necesario referenciar las fuentes externas.
- Las citas (dicho texto debe ser escrito entre comillas), debe ser idéntico al texto original.
- El trabajo puede también ser parafraseado, es decir, reescrito con palabras propias.
- En ambos casos la referencia completa de la fuente debe ser anotada.
Sin embargo, aunque se provea de una referencia, esto no remueve necesariamente las restricciones del Derecho de Autor, las cuales limitan el uso del material de alguien más.
¿Y LAS REFERENCIAS ESCRITAS?
Cuando alguien escribe la referencia de la fuente de donde fue tomada la información, se tiene la opción de elegir distintos sistemas para hacerlo, por ejemplo: Harvard u Oxford.
En el primero, se debe escribir el apellido del autor y el año de la publicación entre paréntesis; la referencia completa se encontrará en la bibliografía.
En el segundo, se pone un número en el texto el cual refiere a una nota al pie de página y/o la referencia completa se encontrará en la bibliografía.
¿QUÉ ES EL DERECHO DE AUTOR?
La Ley Federal de Derecho de Autor trata de proteger la reproducción del trabajo de alguien más. Incluso, si se da crédito por dicho trabajo (y de ahí que evite el plagio), no está permitido necesariamente que se utilice el trabajo de alguien más debido a las restricciones del derecho de autor.
CASO YASMÍN ESQUIVEL
Hay que recordar que, en días pasados salió a la luz un reportaje de Latinus en el que se acusa a la candidata a presidir la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de un supuesto plagio de su tesis de nivel licenciatura realizada en el año de 1987.
A través de su cuenta de Twitter, la ministra Yasmín Esquivel ha salido en defensa de su trabajo profesional al decir que es totalmente falsa la acusación que el reportaje difunde en su sitio web, publicando algunos documentos que, según la ministra, argumentan la falsedad del reportaje de Latinus.
Vale la pena señalar que la ministra Yasmín Esquivel Mossa se graduó de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales (ENEP) Aragón de la UNAM, en septiembre de 1987, tras un examen profesional en el que defendió la tesis titulada “Inoperancia de los sindicatos en los trabajadores de confianza del Artículo 123 Apartado A”.
Sin embargo, Guillermo Sheridan quién publicó el reportaje en la plataforma digital de noticias destacó que un trabajo idéntico habría sido presentado un año antes por el Licenciado Edgar Ulises Báez Gutiérrez en la misma Facultad de Derecho de la UNAM.
Asimismo, se destaca que la Licenciada Martha Rodríguez Ortiz habría sido quien dirigió ambas tesis, la cual habría sido plagiada de nuevo en los años 2008 y 2010.