Durante años, miles de personas en la Ciudad de México y algunas otras entidades del país condujeron con lo que parecía un privilegio: la licencia de conducir permanente. Este documento, que no tenía fecha de vencimiento, fue muy popular entre los conductores de la capital durante los años 90 y principios del 2000; sin embargo, hace algunos meses y después de años de ausencia, la actual jefa de gobierno Clara Brugada trajo de vuelta este documento a la capital del país
En ese sentido, es importante destacar que este documento es un tipo de licencia que no tiene fecha de expiración y que solamente se aplica para automovilistas particulares (tipo “A”), no para conductores de transporte público o carga.
Cabe destacar que el costo de la licencia permanente es de 1,500 pesos mexicanos. Los recursos recaudados se destinarán a un fideicomiso público sin estructura administrativa, que financiará obras de infraestructura pública de transporte, movilidad no motorizada y un programa de seguridad vial.
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Requisitos para obtenerla
Contexto: Todas y todos los automovilistas pueden solicitar esta licencia, siempre y cuando soliciten la licencia tipo “A”, sin embargo, estos requisitos se dividen en dos sectores, para automovilistas que ya cuentan con una licencia vigente, y en este caso el trámite se realiza de forma automática, ya que no es necesario presentar examen ni documentación adicional.
En el caso de los nuevos solicitantes las personas deben presentar su examen teórico, aprobar un examen sobre el reglamento de tránsito y seguridad vial, que puede realizarse de manera digital o presencial en los módulos de SEMOVI; asimismo deben presentar identificación oficial vigente, comprobante de domicilio reciente y CURP.
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Asimismo, las personas solicitantes deben presentar un historial limpio, es decir no haber sido sentenciado por delitos viales ni haber sido sancionado en el programa "Conduce sin Alcohol".
¿Qué pasa con tu licencia de conducir permanente al momento de la marcha?
Tras el fallecimiento de una persona, las familias suelen enfrentarse a una serie de trámites legales y administrativos. Entre ellos, surge una duda poco frecuente pero relevante: ¿qué sucede con la licencia de conducir permanente que alguna vez fue otorgada sin fecha de caducidad?
En la Ciudad de México, muchas personas cuentan con licencias de conducir permanentes, y al tratarse de un documento sin vigencia temporal, algunas personas podrían suponer que conserva validez aún después del fallecimiento de su titular. Sin embargo, la Secretaría de Movilidad (SEMOVI) ha aclarado que aunque la licencia permanente no se cancela automáticamente al morir su propietario, su uso legítimo cesa completamente.
A pesar de su aparente vigencia, la licencia no puede reactivarse, renovarse ni transferirse. No debe usarse como identificación para trámites cotidianos ni para conducir. En todo caso, podría aparecer como documento referencial dentro de procesos sucesorios o legales, pero su funcionalidad práctica está completamente anulada.
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¿Y qué ocurre con el vehículo registrado?
Otro punto importante a considerar es el destino del automóvil registrado a nombre del fallecido. Para transferir la propiedad legal del vehículo a un heredero, se requiere presentar:
- Acta de defunción del titular,
- Testamento (si lo hay),
- Identificación oficial del heredero,
- Título de propiedad del vehículo.
Este procedimiento es independiente de la licencia de conducir y debe realizarse conforme a la legislación civil vigente. La licencia permanente es uno de los tantos documentos que deben revisarse tras el fallecimiento de una persona. Aunque no se cancela automáticamente, no debe confundirse su vigencia física con su validez legal.
AJA
