CORRUPCIÓN INMOBILIARIA

Es oficial, corrupción inmobiliaria se castigará hasta con 20 años de prisión en CDMX

Las penas se duplicarán si el funcionario público que incurrió en este tipo de delito obtuvo un beneficio económico, en efectivo o en especie; sin importan si el beneficiario fue él o alguien de su círculo cercano

Es oficial, corrupción inmobiliaria se castigará hasta con 20 años de prisión en CDMX
Es oficial, corrupción inmobiliaria se castigará hasta con 20 años de prisión en CDMXCréditos: LSR
Escrito en METRÓPOLI el

A partir de este martes, la intromisión de funcionarios públicos en procesos de licitación o entrega de permisos, para facilitar que empresas asociadas a ellos obtengan de forma más rápida y sin tener que pasar por los canales adecuados, los permisos de construcción para proyectos inmobiliarios, públicos o privados, o lo que es lo mismo, corrupción inmobiliaria, es un delito en la capital.

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La corrupción inmobiliaria ha quedado establecida como delito en la Ciudad de México, tras la publicación este martes, del decreto para la creación del Capítulo XV sobre Corrupción Inmobiliaria y del artículo 276 QUATER del Código Penal para el Distrito Federal; en la Gaceta Oficial de la CDMX.

La creación del delito de corrupción inmobiliaria en la CDMX, contempla como tal, la intromisión de cualquier servidor público que bajo cualquier acción u omisión, permita, tolere o facilite la construcción de inmuebles o edificaciones sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley. Esto incluye la adición de estructuras a edificaciones ya existentes.

Los funcionarios públicos que incurran o sean enjuiciados a partir de hoy por el delito de corrupción inmobiliaria en la CDMX podrán enfrentar condenas de hasta 20 años de prisión. El mínimo de años que pasarán en prisión por este delito son 10 años. A estas penas se sumarán las correspondientes por la posible comisión de otros delitos en los que se haya incurrido en el mismo caso.

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Si el funcionario público que incurrió en corrupción inmobiliaria obtuvo algún beneficio económico, en efectivo o en especie, como la adquisición de departamentos o casas, entre otras cosas, la pena de prisión será incrementada por la mitad.

Esto aplica tanto si el beneficiado fue el mismo funcionario público o alguna persona relacionada con este, es decir, su cónyuge, padres o hijos, o cualquier pariente con relación consanguínea o afinidad hasta el cuarto grado. Así como si se trata de su concubina o concubinario, pareja, adoptante o adoptado.

La pena también se incrementará si el beneficiado es un tercero con vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa con el servidor público responsable de la comisión de este delito.

El encargado de despacho de la Fiscalía General de Justicia de la CDMX, Ulises Lara, explicó en conferencia de prensa que “comete el delito de corrupción inmobiliaria el servidor público que por acción u omisión permita o tolera la construcción de inmuebles o la edición de pisos adicionales a los autorizados, sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley”.

VGB