La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación respondió a la Fiscalía General de la República (FGR) en el caso del Viaducto Bicentenario, al señalar que la acusación proferida por la Fiscalía y los múltiples datos de prueba desahogados en su presencia, no se advirtió suceso alguno de esa naturaleza.
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El pasado 13 de marzo, luego de que se diera un revés judicial a la FGR en el caso del Viaducto Bicentenario y su posible explotación ilegal derivado de actos de corrupción en el Estado de México y la concesión entregada a la constructora española OHL y su sucesora, Aleatica, la Fiscalía anunció que usará todos sus recursos legales contra el Juez Daniel Ramírez Peña, que avaló a la empresa que administra la vía federal, en el camino a recuperar los bienes nacionales entregados en la época PRI.
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Los jueces y magistrados detallan que la FGR adelantó que iniciaría “procedimientos” contra el referido juez de distrito, pero ya no solo por este asunto, sino por el caso de un magistrado del Poder Judicial de la Federación, de quien señalan tenía relación con el cartel Jalisco Nueva Generación. A esto, la asociación del Poder Judicial respondió que no ha encontrado pruebas que demuestran dichas acusaciones.
Agregó que la Fiscalía atribuyó al juez el delito de enriquecimiento ilícito que hicieron consistir en que dicho servidor público vendió una casa de la cual se acreditó que sí era de su propiedad y que tenía reportada en su declaración patrimonial ante el Consejo de la Judicatura Federal, misma que pagó durante diversos años a través de su salario y que a la postre vendió recibiendo el pago respectivo en su cuenta bancaria. Debido a lo anterior, se emitió una sentencia absolutoria a su favor.
Contexto
La Fiscalía General de la República, encabezada por Alejandro Gertz Manero, anunció que iniciará un proceso legal en contra del Juez Daniel Ramírez Peña por darle la razón a la empresa Aleatica, antes OHL México, ya que la concesión que el Estado de México le otorgó a la empresa Viaducto Bicentenario S. A. de C. V., incurrió en el delito de "Explotación de un bien de la Nación" contemplado en los artículos 149, 150 y 151 de la Ley General de Bienes Nacionales.
El caso sí se tipifica como delito al contemplarse penado en la dicha ley, por lo que el juez a cargo de la última audiencia será investigado, al considerar que dio su veredicto, sin antes de conocer las pruebas y argumentos de las partes.
El artículo 150 de la Ley General de Bienes Nacionales define este delito: “…a quien use, aproveche o explote un bien que pertenece a la Nación, sin haber obtenido previamente concesión, permiso o autorización, o celebrado contrato con la autoridad competente”.
No obstante, el triunfo de esta audiencia fue visto como un acto justo por la empresa a cargo del Viaducto Bicentenario, al considerar que el caso carece de elementos y que el juez de control hizo lo correcto.
“Estamos contentos de que la resolución del Juez haya resuelto de manera contundente el asunto. No cabe duda de que nuestro Director General en México no hizo más que dirigir nuestras acciones para continuar cumpliendo con nuestras obligaciones según lo requerido por un Título de Concesión que se otorgó de forma competitiva y que sigue vigente. La decisión del juez de control lo confirma”, expuso Pablo Olivera, director jurídico global de Aleatica.
Y es que el Estado de México se habría escudado con otorgar una concesión mediante facultades estatales que sólo le permiten autorizar el mantenimiento de una vía federal, más no la autoridad para entregar un bien a administraciones ajenas a la del Estado. Para que exista una concesión federal debe cumplirse con los siguientes requisitos:
- Las concesiones federales se otorgarán mediante concurso público emitido por la autoridad competente federal (SICT).
- La concesión será sobre un objeto que pueda ser materia del mismo (vía general de comunicaciones federal).
- La concesión deberá cumplir con la finalidad del interés público regulado por las normas en que se concreta.
- La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes emitirá un fallo fundado y motivado.
- Se señalará el plazo de la concesión.
Al no ocurrir ninguno de estos puntos, la FGR ha declarado su intención de escalar el caso en términos legales, lo cual ha sido visto por su ente acusado como un acto de intimidación o presión desde el poder.
“Ninguna persona debería abusar de nuestras instituciones judiciales para ejercer presiones ilícitas por razones comerciales inapropiadas, especialmente cuando la persona denunciante ha sido condenada recientemente por haber infligido, con malicia efectiva, daño moral a Aleatica”, aseguran los abogados defensores del director general de Aleatica.