OPINIÓN

Regular el agua en la minería protege el medio ambiente

El Máximo Tribunal determinó que esa distinción que realiza la Ley de Aguas Nacionales no viola el principio de igualdad ni implica que se otorguen privilegios a los demás sectores que hacen uso de los recursos hídricos | VIOLETA SOSA ZAMORA

La Comarca Minera es una de las diez regiones geográficas y culturales del estado de Hidalgo
Regulación del agua en la minería.La Comarca Minera es una de las diez regiones geográficas y culturales del estado de HidalgoCréditos: LSR Hidalgo
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El 8 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Decreto de reforma legal en materia de concesiones mineras y de agua, por lo que varias empresas que tenían concesiones de explotación y exploración minera se ampararon contra el proceso legislativo, al argumentar que con ello se hacía una regulación diferenciada del uso industrial de aguas en la minería, en comparación con otros usos.

Del asunto conoció la extinta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien determinó que esa regulación diferenciada del uso industrial de aguas en la minería, con respecto a otro tipo de usos, no vulnera el principio de igualdad y no discriminación, al existir una justificación razonable para el tratamiento y operatividad de las concesiones.

Es decir, que en la aludida reforma legal se especificó en la Ley de Aguas Nacionales que en cuanto al uso del vital líquido en forma industrial en la minería, que no pueden transmitirse los derechos contenidos en títulos de concesión previamente otorgados en materia de agua.

Bienes jurídicos ambientales

Lo anterior para proteger bienes jurídicos ambientales y el aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos, al determinar que el uso del agua para la industria minera debe ser regulado con el propósito de buscar su equilibrio, preservación y restauración, pero sobretodo, para evitar su sobreexplotación, especialmente en regiones con escasez hídrica.

Circunstancia que busca homologar las nuevas condiciones regulatorias de las concesiones para el uso de recursos hídricos que se ocupan en la industria minera, en donde ya se fijaron dichas condicionantes; por lo que el Máximo Tribunal determinó que esa distinción que realiza la Ley de Aguas Nacionales no viola el principio de igualdad ni implica que se otorguen privilegios a los demás sectores que hacen uso de los recursos hídricos, al existir una justificación razonable.

Comarca Minera

La Comarca Minera es una de las diez regiones geográficas y culturales del estado de Hidalgo, que cuenta con yacimientos de metales como plomo, oro y plata, que comprende a Pachuca de Soto, Atotonilco el Grande, Epazoyucan, Huasca de Ocampo, Mineral del Chico, Mineral del Monte, Omitlán de Juárez y Mineral de la Reforma, y que forma parte de la Red de Geoparques Mundiales, catalogados por la UNESCO, cuyas actividades mineras se encuentran reguladas por la normativa que rige a la industria, pero en la que todos sus habitantes estamos llamados a colaborar para el cuidado y uso racional del agua, debido a que hemos enfrentado severos períodos de sequía.

Violeta Sosa Zamora, columnista LSR Hidalgo.